NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (18/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 9
El Peruano Jueves 18 de setiembre de 2014 532747 Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte. Artículo 5.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1139158-2 Designan Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0961-2014-IN Lima, 17 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se estableció un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, la citada norma, de aplicación progresiva por parte de las entidades de la Administración Pública, estableció en su Título V las disposiciones aplicables al régimen disciplinario y al procedimiento sancionador de los servidores civiles, las mismas que serían de aplicación a la fecha de entrada en vigencia de las normas reglamentarias de dichas materias, conforme lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la citada Ley; Que, el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM, estableció, en su Undécima Disposición Complementaria y Transitoria, que la entrada en vigencia del título correspondiente al régimen disciplinario y procedimiento sancionador se efectuaría a los tres (03) meses de su publicación, con el fi n que las entidades puedan adecuarse internamente al procedimiento; Que, de acuerdo con el artículo 94° del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, el Secretario Técnico de los órganos instructores de los procedimientos disciplinarios, debe ser un servidor, de preferencia abogado, designado para este cargo mediante resolución del titular de la entidad, pudiendo desempeñar dicha función en adición a las otras que le correspondan de manera regular; Que, en cumplimiento al mandato legal para la adecuación a las normas anteriormente citadas, el Ministerio del Interior aprobó su Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario, determinando, entre otros, las funciones y competencias de los órganos instructores y sancionadores que conducen el procedimiento administrativo disciplinario; Que, el artículo 33° del citado Reglamento establece que la Secretaria Técnica, dependiente de la Dirección General de Recursos Humanos, se constituye en el órgano de apoyo de las autoridades instructoras del procedimiento disciplinario ejerciendo su titular, el Secretario Técnico, las funciones y atribuciones que el citado Reglamento le atribuye tanto a nivel del procedimiento disciplinario como en la etapa preliminar a éste; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al Secretario Técnico de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, y; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la abogada Lucy Milagros Huaitalla Mauricio como Secretaria Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior, cargo que desempeñará en adicción a sus funciones de Asesora del Despacho de Secretaría General. Artículo 2°.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a la servidora designada y a la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Interior, para los fi nes correspondientes. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el portal web del Ministerio del Interior (www.mininter.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1138675-1 PRODUCE Autorizan viaje de servidor de CITEmadera a Alemania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 121-2014-ITP/DEC Callao, 10 de setiembre de 2014 VISTO: El Acuerdo de Consejo Directivo Nº SO 129-15- 2014-ITP/CD de fecha 13 de agosto de 2014; el Informe Nº 152-2014-ITP/OGA de fecha 29 de setiembre de 2014, emitido por la Ofi cina General de Administración; y, el Informe Nº 268-2014-ITP/OGAJ de fecha 10 de setiembre de 2014, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, la empresa Mahecor, representante nacional de la empresa Homag Group, realizó la invitación para participar en el “Homag Treff” a realizarse en la ciudad de Wildberg – Alemania del 23 al 26 de setiembre de 2014; Que, mediante el Informe Técnico Nº 12-2014- ITP/CITEmadera, la Dirección Ejecutiva del Centro de Innovación Tecnológica de la Madera – CITEmadera sustenta, entre otros, la importancia de la participación en el referido evento, el cual permitirá apreciar el potencial real del software de diseño de muebles WoodCAD/CAM, el mismo que está diseñado para ajustar el desarrollo del producto a partir del equipamiento de la empresa, cualquiera sea el tamaño y el material a trabajar (madera, tableros, otros), para lo cual propone la participación, entre otros, del señor Miguel Antonio Sánchez Samanez; Que, además que el CITEmadera a través del Proyecto de Inversión Pública (PIP) 126739 está adquiriendo el mencionado software, el cual se integrará a la Ruteadora CNC Author Mobidelli a un precio especial de aproximadamente de S/. 90,000.00 (80% de descuento de precio comercial de Homag). Por ello la importancia