Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2015 (07/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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de Estudios y Consultorias Belga Peruano" (FEC I), cuya vigencia culmino el 18 de noviembre de 2012. Asimismo, mediante Carta D1.4-2013/00745, del 27 de setiembre de 2013, la Honorable Embajada del Reino de Belgica comunico a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) que el saldo oficial en relacion al FEC I asciende a . 193,107.84. Segun lo acordado en el Comite de Socios Extendido organizado el 03 de diciembre de 2012 quedaban atentos al inicio del intercambio de Notas por la parte peruana para proceder a la asignacion del mencionado saldo al FEC II. En virtud de lo senalado, y dentro del MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 2, 13.5 y 14.1 del precitado Convenio Especifico, me permito proponer que el articulo 2 vigente sea modificado con el siguiente texto: "ARTICULO 2 ­ Contribucion al Programa La contribucion belga al Programa es de 1'193,107.84 EUR (un millon ciento noventa y tres mil ciento siete y 84/100 Euros) renovables mediante intercambio de Notas." Al Excelentisimo senor MORDAZA Dewez Embajador del Reino de Belgica Ciudad.Al respecto, tengo el honor de proponer que la presente Nota y la de respuesta de Vuestra Excelencia, confirmando el presente entendimiento en nombre del Reino de Belgica, constituyan una enmienda al Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Financiamiento de un programa de apoyo para la realizacion de estudios y consultorias", en los terminos del articulo 13, parrafo 5 del precitado Convenio, suscrito el 29 de agosto de 2012. La citada enmienda entrara en MORDAZA en la fecha en que la Republica del Peru notifique por la via diplomatica el cumplimiento de los requisitos internos para su entrada en vigencia. Me valgo de la oportunidad para extender a Vuestra Excelencia las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion. MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores Embajada del Reino de Belgica en MORDAZA su comunicacion del 30/12/2014 Nota RE (DAE-DCI) Nº6­6/49 nuestra referencia D1.4 2015/19 fecha 07/01/2015 Excelentisimo senor Ministro, Tengo el agrado de presentarle mis atentos saludos y acusar recibo de su atenta Nota RE (DAE-DCI) Nº6­ 6/49 del 30 de diciembre de 2014 en la que tuvo a bien manifestar lo siguiente: "Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Excelencia a fin de referirme al Convenio Especifico suscrito el 29 de agosto de 2012, relativo al "Financiamiento de un programa de apoyo para la realizacion de estudios y consultorias" (FEC II). Como es de su conocimiento, durante el Comite de Socios Extendido entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica, en su sesion del 03 de diciembre de 2012, la parte peruana propuso realizar un intercambio de notas para asignar el saldo del Convenio especifico del "Fondo de Estudios y Consultorias Belga Peruano" (FEC I), cuya vigencia culmino el 18 de noviembre de 2012. Asimismo, mediante Carta D1.4-2013/00745, del 27 de setiembre de 2013, la Honorable Embajada del Reino de Belgica comunico a la Agencia Peruana de Cooperacion

El Peruano Martes 7 de MORDAZA de 2015

Internacional (APCI) que el saldo oficial en relacion al FEC I asciende a 193,107.84 euros. Segun lo acordado en el Comite de Socios Extendido organizado el 03 de diciembre de 2012 quedaban atentos al inicio del intercambio de Notas por la parte peruana para proceder a la asignacion del mencionado saldo al FEC II. En virtud de lo senalado, y dentro del MORDAZA de lo dispuesto en los articulos 2, 13.5 y 14.1 del precitado Convenio Especifico, me permito proponer que el articulo 2 vigente sea modificado con el siguiente texto: "ARTICULO 2 ­ Contribucion al Programa La contribucion belga al Programa es de 1'193,107.84 EUR (un millon ciento noventa y tres mil ciento siete y 84/100 Euros) renovables mediante intercambio de Notas." Al respecto, tengo el honor de proponer que la presente Nota y la de respuesta de Vuestra Excelencia, confirmando el presente entendimiento en nombre del Reino de Belgica, constituyan una enmienda al Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al "Financiamiento de un programa de apoyo para la realizacion de estudios y consultorias" en los terminos del articulo 13, parrafo 5 del precitado Convenio, suscrito el 29 de agosto de 2012. La citada enmienda entrara en MORDAZA en la fecha en que la Republica del Peru notifique por la via diplomatica el cumplimiento de los requisitos internos para su entrada en vigencia. Me valgo de la oportunidad para extender a Vuestra Excelencia las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion." Al respecto, esta Embajada tiene el honor de confirmar, a nombre del Gobierno del Reino de Belgica, su conformidad con los terminos y el contenido de la Nota MORDAZA transcrita y de acordar que dicha Nota y la presente constituyan una Enmienda entre nuestros Gobiernos, la cual entrara en MORDAZA en la fecha en que la Republica del Peru notifique por esta via diplomatica el cumplimiento de los requisitos internos para su entrada en vigencia. Me valgo de la oportunidad para renovarle, Excelentisimo senor Ministro, las seguridades de mi mas alta y distinguida consideracion. MORDAZA, 7 de enero de 2015 Sello del Consulado General de Belgica (Rubrica) (Firma) Excelentisimo Senor MORDAZA MORDAZA Reinel Ministro de Relaciones Exteriores Republica del Peru MORDAZA 1220417-1

Entrada en vigencia de la Enmienda al Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al Financiamiento de un Programa de Apoyo para la realizacion de Estudios y Consultorias
Entrada en vigencia de la Enmienda al Convenio Especifico entre la Republica del Peru y el Reino de Belgica relativo al Financiamiento de un Programa de Apoyo para la Realizacion de Estudios y Consultorias, formalizada mediante intercambio de Notas, Nota RE(DAE-DCI) Nº 6-6/49 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru, de fecha 30 de diciembre de 2014; y Nota D1.4 2015/19 de la Embajada del Reino de Belgica, de fecha 07 de enero de 2015 y ratificada mediante Decreto Supremo Nº 014-2015-RE, de fecha 11 de marzo de 2015. Entro en MORDAZA el 13 de marzo de 2015. 1220415-1

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