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El Peruano Jueves 9 de abril de 2015 550271 en los distritos de Balsapuerto, Jeberos, Lagunas, Santa Cruz, Teniente César López Rojas y Yurimaguas, en la provincia de Alto Amazonas; los distritos de Nauta, Parinari, Trompeteros y Urarinas, en la provincia de Loreto; los distritos de Belén, Iquitos, Indiana, Las Amazonas, Punchana y San Juan Bautista, en la provincia de Maynas; el distrito de Requena, en la provincia de Requena y los distritos de Contamana, Padre Márquez, Pampa Hermosa, Sarayacu y Vargas Guerra, en la Provincia de Ucayali, en el departamento de Loreto; por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación en las zonas afectadas. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Loreto; las Municipalidades Provinciales de Alto Amazonas, Loreto, Maynas, Requena y Ucayali, las Municipalidades Distritales de Balsapuerto, Jeberos, Lagunas, Santa Cruz, Teniente César López Rojas y Yurimaguas, en la provincia de Alto Amazonas; las Municipalidades Distritales de Nauta, Parinari, Trompeteros y Urarinas, en la provincia de Loreto; las Municipalidades Distritales de Belén, Iquitos, Indiana, Las Amazonas, Punchana y San Juan Bautista, en la provincia de Maynas; la Municipalidad Distrital de Requena, en la provincia de Requena y las Municipalidades Distritales de Contamana, Padre Márquez, Pampa Hermosa, Sarayacu y Vargas Guerra, en la Provincia de Ucayali, respectivamente, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, y la participación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior y demás instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutarán las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas para el restablecimiento de los servicios básicos y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser modi fi cadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministro Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Defensa y el Ministro del Interior. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de abril del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1221991-1Autorizan viaje de la Ministra de Relaciones Exteriores a Panamá y encargan su Despacho a la Ministra de Cultura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2015-PCM Lima, 8 de abril de 2015CONSIDERANDO:Que, la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, viajará a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para participar en la Reunión de Ministros de Relaciones Exteriores y del Grupo de Revisión e Implementación de Cumbres, así como acompañar al señor Presidente de la República a la VII Cumbre de las Américas, del 9 al 12 de abril de 2015; Que, en la mencionada Cumbre se tratarán aspectos vinculados al tema central de la Cumbre, “Prosperidad con Equidad: El Desafío de la Cooperación en las Américas” y se adoptará un documento fi nal conteniendo mandatos para la acción en estos aspectos; Que, siendo importante garantizar una adecuada representación del Perú, resulta necesario que la Ministra de Relaciones Exteriores participe en las referidas reuniones; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 505, del Despacho Ministerial, de 6 de abril de 2015; y el Memorando (OPP) N.º OPP0464/2015, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 6 de abril de 2015, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N.º 005-2006-PCM; el Decreto Supremo N.º 056-2013-PCM; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 9 al 12 de abril de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo presentar la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica Lima-Panamá US$Viáticos por día US$Nº de díasTotal Viáticos US$ Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos1 265.66 315,00 4 1 260,00 Artículo 3. Encargar el Despacho de Relaciones Exteriores a la señora Diana Álvarez-Calderón Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4. La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.