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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (09/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Jueves 9 de abril de 2015 550285 Consulares, Presidente de la Junta de Vigilancia de los Traductores Públicos Juramentados, con e fi cacia anticipada, a partir del 20 de marzo de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS Ministra de Relaciones Exteriores 1221491-2 Autorizan viaje de asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0259/RE-2015 Lima, 8 de abril de 2015CONSIDERANDO:Que, del 10 al 11 de abril de 2015, se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, la VII Cumbre de las Américas; Que, el 9 de abril de 2015, en la misma ciudad, se realizará la Reunión a Nivel de Ministros de Relaciones Exteriores; y del 7 al 9 de abril de 2015, se reunirán los Coordinadores Nacionales; Que, es conveniente que el doctor Juan José Ruda Santolaria, Asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos, participe en las mencionadas reuniones; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) Nº 513, del Despacho Ministerial, de 7 de abril de 2015; y el Memorando (OPR) Nº OPR0103/2015, de la O fi cina de Programación y Presupuesto, de 7 de abril de 2015, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su reglamento; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del doctor Juan José Ruda Santolaria, Asesor del Gabinete de Asesoramiento Especializado del Despacho Ministerial para Asuntos Jurídicos, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 9 al 11 de abril de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica US$Viáticos por día US$Nº de díasTotal Viáticos US$ Juan José Ruda Santolaria1 130,00 315,00 3+1 1 260,00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado asesor deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RIOS Ministra de Relaciones Exteriores 1221960-1 SALUD Aprueban la “Directiva Administrativa que Establece los Procedimientos para el Uso del Manual del Donante de Células Progenitoras Hematopoyéticas - CPH” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 212-2015/MINSA Lima, 6 de abril del 2015Visto el Expediente Nº 14-111334-001, que contiene el Informe Nº 007-2015-ONDT/MINSA, de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes (ONDT); CONSIDERANDO:Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público. Por tanto, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el literal f) del numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley precedentemente citada, establece el derecho a recibir en términos comprensibles información completa, oportuna y continuada sobre su enfermedad, incluyendo el diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento; así como sobre los riesgos, contraindicaciones, precauciones y advertencias de las intervenciones, tratamientos y medicamentos que se prescriban y administren. Tiene derecho a recibir información de sus necesidades de atención y tratamiento al ser dado de alta; Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece las funciones rectoras del Ministerio de Salud y señala entre otras, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, prevención de enfermedades, recuperación y rehabilitación en salud y dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el literal c) del artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 28189, Ley General de Donación y Trasplante de Órganos y/o Tejidos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2005-SA, señala que es función de la Organización Nacional de Donación y Trasplantes (ONDT) establecer el Registro Nacional de Potenciales Donantes no Emparentados de Células Progenitoras Hematopoyéticas (ReD-CPH); Que, el numeral 6.5.2. de la NTS N° 107-MINSA/ ONDT-V.01 “Norma Técnica de Salud que regula el Trasplante de Células Progenitoras Hematopoyéticas”, aprobada por Resolución Ministerial N° 520-2014/MINSA, otorga facultades a la ONDT, para establecer las Unidades de Captación de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH); las que estarán a cargo de las actividades de promoción, difusión y consejería de la donación de CPH, de captación de donantes, de evaluación médica básica y toma de muestra para tipi fi cación HLA.