Norma Legal Oficial del día 09 de abril del año 2015 (09/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 9 de MORDAZA de 2015

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comprende lo siguiente: a) Justificacion del proyecto de desarrollo institucional, b) Planes de estudio de las carreras proyectadas, sus programas educativos y los titulos que deben otorgar, c) Disponibilidad de personal docente, d) Proyecto de infraestructura fisica y recursos educacionales adecuados: biblioteca, laboratorios y aulas, segun los estandares vigentes, e) Prevision economica financiera de la institucion, proyectada para los tres (3) primeros anos de funcionamiento y f) Contar con la opinion favorable del Consejo de Evaluacion, Acreditacion y Certificacion de la Calidad de la Educacion Superior No Universitaria (CONEACES), respecto de la conveniencia de las carreras que se propongan ofrecer; Que, mediante Oficio N° 1846-2012-EEST/DGP/ DREHVCA. de fecha 11 de MORDAZA de 2012, el Director Regional de Educacion de Huancavelica, remite a la Direccion de Educacion Superior Tecnologica y Tecnico Productiva, dependiente de la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico-Profesional, el Informe N° 001-2012-CEPCIESTP y CP/DRE.HVCA. de fecha 15 de junio de 2012, en merito al cual emite opinion favorable para el proyecto de creacion y autorizacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA", considerandolo viable; Que, mediante Oficio N° 417-2012-EF/50.07 de fecha 24 de MORDAZA de 2012, la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas emite opinion favorable para la creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA". Asimismo, mediante Informe N° 09812014-EF/50.07 de fecha 24 de noviembre de 2014, dicha Direccion senalo no tener observaciones respecto a la creacion del citado Instituto; motivo por el cual ratifico su opinion favorable para la creacion y funcionamiento del mismo; Que, mediante el Oficio N° 437-2013-MINEDU/ COSUSINEACE-CONEACES de fecha 16 de agosto de 2013, el Presidente del Directorio del CONEACES remite a la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, el Informe N° 079-2013-ESPCONEACES de fecha 08 de agosto de 2013, aprobado por el Pleno del referido Directorio en la sesion N° 223, de fecha 09 de agosto de 2013, segun acuerdo N° 1053-2013-CONEACES, el mismo que contiene la opinion favorable para las carreras profesionales de Produccion Agropecuaria, Contabilidad y Construccion Civil, a ofertarse por el Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA" luego de su creacion y autorizacion de funcionamiento; Que, mediante Memorandum N° 0667-2014-MINEDU/ VMGP-DIGESUTP de fecha 02 de MORDAZA de 2014, la Directora General de Educacion Superior y Tecnico Profesional expresa su conformidad con el proyecto de creacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA", y de las carreras profesionales de Produccion Agropecuaria, Contabilidad y Construccion Civil, en merito al Informe N° 385-2014-MINEDU/VMGPDIGESUTP-DESTP de fecha 02 de MORDAZA de 2014, segun el cual cumplen con los requisitos de infraestructura, equipamiento, mobiliario, plan de estudios y prevision economica financiera, para autorizar su funcionamiento; Que, mediante Oficio N° 2759-2014-DGI/DREH de fecha 27 de agosto de 2014, el Director Regional de Educacion de Huancavelica remite el Informe N° 1752014-EF-DGI/DREH, que sustenta la disponibilidad presupuestaria para la creacion y sostenibilidad financiera del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA", para sus tres primeros anos de funcionamiento, conforme al Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Distrital de MORDAZA N° 114-2014/MDP; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 4 del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-ED; y la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; SE RESUELVE: Articulo 1.- Crear el Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA" y autorizar su funcionamiento a partir del primer semestre del ano

menores a S/. 20'000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles). 22.3 FACTIBILIDAD: Para los PIP cuyos montos de inversion, a precios de MORDAZA, MORDAZA mayores a S/. 20'000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Nuevos Soles). (...)". Articulo 3°.- Disposicion Transitoria La aplicacion del articulo 2 de la presente MORDAZA se sujetara a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2011EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral Nº 003-2011-EF/68.01. Articulo 4º.- Vigencia La presente MORDAZA entrara en vigencia el dia de su publicacion, con excepcion de lo establecido en el articulo 2 de la misma, el cual entrara en vigencia el 01 de MORDAZA del 2015. Articulo 5°.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Seccion de Inversion Publica, en la misma fecha de la publicacion oficial de la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Inversion Publica 1221547-1

EDUCACION
Crean el Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "Paucara"
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2015-MINEDU MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2015 Vistos los Expedientes N°s 0118841-2012, 01426792012, 0103853-2013 y 0143487-2014; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 072-2012-b/FCR-ALC-MDP/ ACOB.-HVCA de fecha 20 de febrero de 2012, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, provincia de Acobamba, departamento de Huancavelica, solicita a la Direccion Regional de Educacion de Huancavelica, la creacion y autorizacion del Instituto de Educacion Superior Tecnologico Publico "PAUCARA", en el referido distrito, para ofertar las carreras profesionales de Produccion Agropecuaria, Contabilidad y Construccion Civil; Que, la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, en adelante la Ley, regula la creacion y el funcionamiento de Institutos y Escuelas de Educacion Superior, publicos o privados, conducidos por personas naturales o juridicas, que forman parte de la etapa de educacion superior del sistema educativo nacional, de acuerdo con lo establecido en la Ley N° 28044, Ley General de Educacion; Que, conforme al articulo 7 de la Ley, los Institutos y Escuelas Publicos se crean por resolucion suprema, refrendada por los Ministros de Educacion y de Economia y Finanzas, previa opinion favorable de la Direccion Regional de Educacion correspondiente y del Ministerio de Economia y Finanzas; cumpliendo con los requisitos y disposiciones establecidos en la Ley; Que, el articulo 8 de la Ley, establece que para la autorizacion de funcionamiento de los Institutos y Escuelas, se requiere de la aprobacion del Ministerio de Educacion, la cual se otorga si resulta positiva la evaluacion que

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