Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2015 (17/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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VISTO el Oficio Nº 000511-2015/SGEN/RENIEC, suscrito por la secretaria general del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, recibido con fecha 15 de MORDAZA de 2015, con el cual se remite el padron electoral actualizado para las Elecciones Municipales Complementarias 2015, asi como el Memorando Nº 4462015-DNFPE/JNE del director de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentando el Informe Nº 0102015-MEVP-DNFPE/JNE, sobre analisis del padron electoral correspondiente a las Elecciones Municipales Complementarias 2015. ANTECEDENTES Mediante Decreto Supremo Nº 011-2015-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 28 de febrero de 2015, el Presidente de la Republica convoco a Elecciones Municipales Complementarias 2015 para el MORDAZA 5 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones en las que se declaro la nulidad de las Elecciones Municipales 2014, a saber, las provincias de Condorcanqui (Amazonas) y Purus (Ucayali), y los distritos de El Cenepa (Condorcanqui, Amazonas), Cumba (Utcubamba, Amazonas), Huanchay (Huaraz, Ancash), Ranrahirca (Yungay, Ancash), Paccha (Chota, Cajamarca), Pucara (Jaen, Cajamarca), Calquis, Llapa, San MORDAZA y Tongod (San MORDAZA, Cajamarca), MORDAZA (Huaytara, Huancavelica), Quisqui (Huanuco, Huanuco), Pueblo MORDAZA (Ica, Ica), Quichuay (Huancayo, Junin), Lucma (Gran Chimu, La Libertad), Taurija (Pataz, La Libertad), Mollepata (Santiago de MORDAZA, La Libertad), Illimo (Lambayeque, Lambayeque), Sumbilca (Huaral, Lima), Huarochiri (Huarochiri, Lima), Huangascar (Yauyos, Lima), Parinari (Loreto, Loreto), Puerto MORDAZA (Oxapampa, Pasco), Cristo Nos Valga (Sechura, Piura), Pomata (Chucuito, Puno), Bajo Biavo (Bellavista, San Martin), Piscoyacu (Huallaga, San Martin), Pajarillo (Mariscal MORDAZA, San Martin) y Tres Unidos (Picota, San Martin). A traves de la Resolucion Nº 0064-2015-JNE, de fecha 3 de marzo de 2015, se establecio que en el plazo de cinco dias naturales despues del cierre del padron electoral, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec) remita al MORDAZA Nacional de Elecciones la lista del padron inicial, para efectos de realizar la fiscalizacion del padron electoral a utilizar en el presente proceso. Con fecha 11 de marzo de 2015, el Reniec remitio la lista del padron inicial de ciudadanos, mediante el Oficio Nº 00379-2015/SGEN/RENIEC, lista que contiene 141 818 (ciento cuarenta y un mil ochocientos dieciocho) electores, y sobre la cual el MORDAZA Nacional de Elecciones, a traves de la Direccion Nacional de Fiscalizacion y Procesos Electorales (DNFPE), llevo a cabo un trabajo de MORDAZA de fiscalizacion. El 6 de MORDAZA de 2015, con el Oficio Nº 0004662015/SGEN/RENIEC, la secretaria general del Reniec remite el padron electoral, el cual contiene 139 922 (ciento treinta y nueve mil novecientos veintidos) electores habiles. Mediante los Oficios Nº 493-2015-DCGI/JNE, de fecha 1 de MORDAZA de 2015, y Nº 529-2015-DCGI/JNE, de fecha 8 de MORDAZA de 2015, se remitieron al Reniec los Informes Nº 006-2015-MEVP-DNFPE/JNE y Nº 009-2015-MEVP-DNFPE/JNE, respectivamente, acompanando 567 (quinientas sesenta y siete) actas de constatacion domiciliaria en las que se consignaron observaciones de ciudadanos con expresiones como "no reside en el domicilio verificado" o "la direccion domiciliaria no existe", asi como veinticuatro copias certificadas de actas de defuncion de ciudadanos que figuraban en el padron, a efectos de que el Reniec proceda conforme a sus atribuciones. Con Oficio Nº 000511-2015/SGEN/RENIEC, recibido el 15 de MORDAZA de 2015, la secretaria general del Reniec remite el padron electoral actualizado para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2015, que contiene 139 419 (ciento treinta y nueve mil cuatrocientos diecinueve) electores habiles correspondientes a los distritos electorales comprendidos en el mencionado MORDAZA electoral. CONSIDERANDOS Aspectos generales

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2015

1. El padron electoral es la relacion de ciudadanos habiles que pueden ejercer su derecho de voto. Como tal, este documento se elabora sobre la base del registro unico de identificacion de las personas, y es mantenido y actualizado por el Reniec. En todo MORDAZA electoral, este padron se cierra ciento veinte dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, conforme a lo previsto en el articulo 1 de la Ley Nº 27764. Es competencia del MORDAZA Nacional de Elecciones, entre otras, fiscalizar la legalidad de la elaboracion de los padrones electorales, luego de su actualizacion y depuracion final previa a cada eleccion, a tenor de lo dispuesto en los articulos 176 y 178 de la Constitucion Politica del Peru, con el fin de asegurar que las votaciones traduzcan la expresion autentica de los ciudadanos. El articulo 201 de la Ley Nº 26859, Ley Organica de Elecciones (en adelante LOE), establece que el Reniec remite el padron electoral actualizado al MORDAZA Nacional de Elecciones, con noventa dias de anticipacion a la fecha de los comicios, para su aprobacion por parte de este organo colegiado, dentro de los diez dias siguientes de su recepcion, y de no hacerlo al vencerse este plazo, el padron electoral queda automatica y definitivamente aprobado. Resultados de la labor de fiscalizacion del padron electoral 2. Conforme se desprende del Informe Nº 010-2015MEVP-DNFPE/JNE de la DNFPE, de fecha 15 de MORDAZA de 2015, tras analizar el padron remitido, luego de las verificaciones realizadas por el Reniec, acorde a sus atribuciones, se observa que 531 (quinientos treinta y un) personas fueron excluidas del padron como consecuencia de las acciones de fiscalizacion, concluyendose que este se encuentra MORDAZA para su aprobacion. 3. En vista de ello, este organo colegiado procede a aprobar el padron electoral para las Elecciones Municipales Complementarias 2015, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 201 de la LOE. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado MORDAZA MORDAZA Ayvar MORDAZA en ausencia de su titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- APROBAR el uso del padron electoral elaborado y remitido por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para el MORDAZA de Elecciones Municipales Complementarias 2015, cuyo acto electoral se llevara a cabo el MORDAZA 5 de MORDAZA de 2015, que comprende a 139 419 (ciento treinta y nueve mil cuatrocientos diecinueve) electores habiles. Articulo Segundo.- REMITIR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) los medios tecnicos entregados por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (Reniec), los cuales contienen el padron electoral aprobado. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1225391-1

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