Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2015 (17/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2015

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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 25 dias del mes de marzo del 2015 MORDAZA W. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional Amazonas 1224734-1

Nacional de Gestion Ambiental tiene por finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicacion de las politicas, planes, programas y acciones destinados a la proteccion del ambiente y contribuir a la conservacion y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Que, asi mismo, el Art. 53º, inc. a) y b) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902, textualmente dice que el Gobierno Regional tiene como funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial: aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia ambiental en concordancia con los planes de los Gobiernos Regionales; asi como implementar el Sistema Regional de Gestion Ambiental en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales. Que, mediante Ordenanza Regional 043-2004GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR, de fecha 21 de MORDAZA del 2004, se aprobo el Sistema Regional de Gestion Ambiental que tendra como finalidad desarrollar, implementar, revisar y corregir la politica ambiental y normas que regulan su organizacion y funciones. Que, el dia 31 de octubre del 2014 los integrantes de la Comision Ambiental Regional, se reunieron en la MORDAZA de Bagua, y habiendo revisado todos los articulos contenidos, aprobaron por unanimidad el Sistema Regional de Gestion Ambiental, tal y como consta en acta de la MORDAZA Reunion Ordinaria de la Comision Ambiental Regional Amazonas. Que, mediante Informe Nº 33-2014/G.R.A/ARAAMAZONAS/DEGBFS, de fecha 20 de noviembre del 2014, la Directora ejecutiva de Gestion Ambiental, recomienda que el Gobierno Regional Amazonas, debe considerar la emision de una Ordenanza Regional, por ser una condicion necesaria para asegurar el cumplimiento de la Politica Regional Ambiental y fortalecer el desarrollo de la region amazonas; de este modo se contribuya con la ardua tarea de gestionar el Sistema Regional de Gestion Ambiental de Amazonas. Que, es necesario actualizar el Sistema Regional de Gestion Ambiental Amazonas, ya que establece lineamientos basicos para la articulacion de la Politica Ambiental Nacional con la Politica Ambiental Regional, dichos lineamientos deben ser aplicados en las actividades que desarrolle el Gobierno Regional y evitar de esa manera generar conflictos ambientales. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria del Consejo Regional Nº 005, de fecha 06 de Marzo del 2015, mediante acuerdo de Consejo Regional Nº 045-2015, contando con el MORDAZA favorable de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. A) del art. 37º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los gobiernos Regionales y sus modificatorias, Leyes Nºs 28968 y 29053 ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- ACTUALIZAR, EL SISTEMA REGIONAL DE GESTION AMBIENTAL, por ser necesario para la region amazonas, ya que establece los lineamientos basicos para articular desde una perspectiva actualizada, la Politica Ambiental Nacional con la Politica Ambiental Regional. Articulo Segundo.- Dar cuenta de la presente Ordenanza Regional a la Comision Ambiental Regional ­ AMAZONAS, Autoridad Regional Ambiental e instancias del Gobierno Regional Amazonas. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Amazonas, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la respectiva Ordenanza Regional, en el Diario Oficial el peruano y disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional, previa promulgacion del Presidente del Gobierno Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional Amazonas, para su promulgacion. En Chachapoyas, a los 12 dias del mes de marzo del 2015. MORDAZA MORDAZA JIMENEZ. Presidente Consejo Regional Amazonas

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Ordenanza Regional que institucionaliza y declara el Tercer Sabado de MORDAZA como el "Dia del Turismo Chalaco" a Nivel Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 000004 Callao, 27 de marzo del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Callao en sesion del 27 de Marzo del 2015; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Art. 191 de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Art. 2 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el Art. 13 de la Ley Organica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, establece que el Concejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Organica de Gobiernos Regionales y aquellas que le MORDAZA delegadas; Que, es importante considerar que el turismo en el Peru constituye la tercera industria mas grande del MORDAZA, detras de la pesca y mineria, siendo la industria de mas rapido crecimiento en el pais; Que, segun Informe Nº 001-2015-GRC/GRDE/ OCTEM/CEAR e Informe Nº 006-2015-GRC/ GRDE/ OCTEM/JEGG la Gerencia Regional de Desarrollo Economico refiere que resulta de mayor importancia que se MORDAZA todos los esfuerzos, no solo para promocionar el turismo en la Region, sino para crear conciencia de la importancia de esta actividad entre los ciudadanos; por lo que solicita se institucionalice el dia del Turismo Chalaco el tercer sabado del mes de MORDAZA de todos los anos; Que, ademas la Gerencia Regional de Desarrollo Economico sostiene que el mes de MORDAZA es un mes donde se da comienzo a la temporada baja dentro de los turistas nacionales y receptivos que visitan las Islas MORDAZA (siendo este atractivo uno de los mas importantes en el detalle de los turistas que visitan las islas) pero aun se tienen las condiciones atmosfericas suficientes para gozar de un ambiente calido que incentiva el volcarse a conocer la Provincia Constitucional del Callao y sus atractivos turisticos, esto aunado a que el 22 de MORDAZA de 1857 fue cuando se le reconocio al Callao como "Provincia Constitucional", siendo esa semana y este contexto muy favorable para el desarrollo de actividades conexas, por lo que se sugiere institucionalizar el dia del Turismo

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