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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (19/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 19 de abril de 2015 550961 Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 983,67 x 3 personas) : US $ 2 951,01 Viáticos (US$ 370,00 x 3 días x 3 personas) : US $ 3 330,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentarán a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar a la señora María del Carmen Angélica de Reparaz Zamora, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 20 de abril de 2015, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5º.- Encargar a la señora María Victoria Elmore Vega, Directora Nacional de Asuntos Multilaterales y Negociaciones Comerciales Internacionales, las funciones de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales a partir del 20 de abril de 2015, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 6º.- Encargar a la señora Sara Rosana Rosadio Colán, Asesora II del Viceministerio de Comercio Exterior, las funciones de la Dirección Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, a partir del 20 de abril de 2015, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 7º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1225881-1 CULTURA Aprueban el “Plan Maestro del Santuario Histórico de Machupicchu 2015 - 2019” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2015-MC Lima, 17 de abril de 2015 Vistos, el Memorando N° 297-2015-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, el Memorando N° 287-2015-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Memorando N° 0783-2015-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y el Memorando N° 425-2015-OGPP-SG/MC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográfi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, y dispone que están protegidos por el Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación se declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;