Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2015 (19/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

550972
N° COMUNICACIONES AL REGISTRO REQUISITOS Exhibir original y presentar fotocopia simple de uno de los siguientes documentos:

El Peruano MORDAZA 19 de MORDAZA de 2015

2.12

Comunicacion de alta o modificacion de establecimientos anexos

a) Recibo de agua, luz, telefonia fija, telefonia celular, internet, gas natural o television por cable cuya fecha de vencimiento de pago se encuentre comprendida en los dos (2) ultimos meses; o estados de cuenta de entidades bancarias y financieras supervisadas por la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP cuya fecha de emision este comprendida en los dos (2) ultimos meses. Estos documentos deben ser emitidos por la entidad acreditada ante el organismo supervisor correspondiente. Tambien se puede exhibir y presentar un duplicado o MORDAZA original de dichos documentos emitidos por la empresa o la entidad bancaria o financiera respectiva o un ejemplar impreso del recibo o estado de cuenta cuando estos hubieran sido puestos a disposicion del usuario a traves de MORDAZA virtuales. b) La MORDAZA declaracion jurada del impuesto predial o auto avaluo. c) Contrato de alquiler o cesion en uso de predio con firmas legalizadas notarialmente. d) Acta probatoria levantada, con una antiguedad no mayor de dos (2) meses, por el fedatario fiscalizador de la SUNAT, donde se senale el domicilio que se declara a la SUNAT, como establecimiento anexo. e) En caso de mercados, galerias o centros comerciales: carta firmada por el presidente de la asociacion de comerciantes inscrita en el RUC, indicando la direccion que se declara a la SUNAT como establecimiento anexo. Dicha carta debe tener una antiguedad no mayor de quince (15) dias calendarios. f) Ficha registral o partida electronica con la fecha de inscripcion en los Registros Publicos. g) Escritura publica de la propiedad inscrita en los Registros Publicos. h) Contrato compra-venta del inmueble o titulo de propiedad emitido por COFOPRI. i) MORDAZA de la junta de usuarios o comision de regantes en la cual se acredita al conductor del predio como usuario de las aguas de la MORDAZA geografica en donde se ubica el predio o recibo del pago de los derechos sobre el uso del agua para fines agricolas, la cual no debe tener una antiguedad mayor de dos (2) meses a la fecha en que se realiza el tramite. j) MORDAZA o certificado de numeracion emitido por la municipalidad distrital correspondiente. k) Excepcionalmente, de no tener alguno de los documentos MORDAZA mencionados, se podra presentar un documento emitido por una entidad de la administracion publica en el que conste de manera expresa la direccion que se declara como establecimiento anexo, siempre que dicho documento MORDAZA sido emitido para autorizar o senalar un lugar donde el deudor tributario desarrolla sus actividades. l) Fotocopia de la Declaracion de Compromisos presentada al respectivo Gobierno Regional dentro de los plazos establecidos en el articulo 5° del Decreto Legislativo Nº 1105, modificado por la Ley Nº 29910 y el articulo 4° del Decreto Supremo Nº 006-2012EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 023-2012-EM, con el sello de recepcion correspondiente, la cual debera aparecer con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Declaraciones de Compromisos del Ministerio de Energia y Minas (MINEM). El documento que se presente para sustentar el alta o modificacion de establecimiento anexo debe contener de manera expresa la direccion completa de dicho establecimiento. En caso el documento que sustente el alta o modificacion de establecimiento anexo figure a nombre de un tercero, este debe autorizar su uso a traves del formato "Autorizacion de uso de documento de tercero para declarar domicilio fiscal o establecimiento anexo", aprobado para dicho efecto. Adicionalmente, debe adjuntarse al tramite fotocopia simple del documento de identidad del tercero. En el caso que el titular del RUC sea una persona natural, que hubiera comunicado estar afecta al impuesto a la renta por rentas de primera, MORDAZA y/o cuarta categoria y/o el MORDAZA Regimen Unico Simplificado y que al realizar el tramite senale como establecimiento anexo la direccion registrada en su DNI, solo debera presentar, para dicho efecto, una fotocopia simple del mencionado documento".

DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entra en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 1226408-1

ORGANOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de profesora y servidor de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga a Mexico, en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MORDAZA DE HUAMANGA RESOLUCION RECTORAL Nº 209-2015-UNSCH-R MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2015 Visto el expediente administrativo sobre autorizacion de viaje de la Mg. MORDAZA MORDAZA Quispe; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 10º, numeral 10.1 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano

Fiscal 2015, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo los casos que se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje de la Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesora Auxiliar a Tiempo Completo, adscrita al Departamento Academico de Agronomia y Zootecnia de la Facultad de Ciencias Agrarias de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga, para realizar una estancia de investigacion en el Laboratorio de Micorrizas del Centro de Investigacion en Ciencias Biologicas de la Universidad Autonoma de Tlaxcala - Mexico, del 13 al 30 de MORDAZA de 2015; Estando a la opinion tecnico-presupuestal de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto; de conformidad con lo dispuesto por el articulo 62º, numeral 62.2 de la Ley Universitaria Nº 30220, el articulo 1º de la Ley Nº 27619, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el articulo 264º, inciso c) del Estatuto de la Universidad Nacional de San MORDAZA de Huamanga; El Rector, en uso de las facultades que le confiere la ley; RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje de la Mg. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Profesora Auxiliar

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