Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (19/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Domingo 19 de abril de 2015 550978 y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y a servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, Aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, la cual tiene 5 pilares centrales: I) Las Políticas Públicas Nacionales y el Planeamiento II) El Presupuesto para Resultados III) La Gestión por Procesos y la Organización Institucional IV) El Servicio Civil Meritocratico V) El Seguimiento, Monitoreo Evaluación y la Gestión del conocimiento, elaborados sobre la base de los componentes del modelo de gestión por resultados y complementados por tres ejes trasversales: I) Gobierno Abierto II) El Gobierno electrónico III) La articulación interinstitucional (Gobierno colaborativo multinivel); Siendo animados por un proceso explícito de gestión de cambio; Que, la Ley Nº 30057 Ley de Servicio Civil tiene por fi nalidad que las entidades públicas del estado alcancen mayores niveles de efi cacia y efi ciencia y presten efectivamente servicios de calidad a través de un mejor servicio civil así como promover el desarrollo de las personas que lo integran; Que, mediante Informe Nº 005-2015-GRU/GRPPyAT, de fecha quince de enero del dos mil quince la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que en la actualidad la estructura Orgánica y Administrativa del Gobierno Regional de Ucayali expresa en sus instrumentos de gestión vigentes, debe armonizar con las Funciones de una Gestión Administrativa Moderna, para el cumplimiento de una visión misión y objetivos institucionales, por lo que se hace propicio llevar adelante el proceso de modernización, participativa de la gestión del Gobierno Regional de Ucayali con el objetivo de mejorar su efi ciencia mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos; orientado a implementar un esquema organizacional, con enfoque territorial que articule a los Órganos Sectoriales Regionales y que favorezca una gestión por resultado permitiendo de esta manera el logro de los fi nes y objetivos propuestos; Que, mediante Informe Legal Nº 007-2015-GRU-P- GGR-ORAJ/TTC, de fecha veinte de enero del dos mil quince, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica opina favorablemente para la aprobación del Proceso de Modernización de la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali por lo que recomienda remitir al Consejo Regional para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, mediante Ofi cio Nº 039-2015-GRU-P, de fecha veintisiete de enero del dos mil quince, el Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali remite a la Secretaria del Consejo Regional el Proyecto de Ordenanza Regional que declara en proceso de modernización la Gestión pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego Regional para que sea debatido en el pleno del Consejo Regional; Que, el literal O) del Art. 21 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de 15 días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene la atribución de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Artículo 9º y 10º, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modifi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en Sesión Extraordinaria de fecha veinte de marzo del dos mil quince, aprobaron la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Artículo Primero.- DECLARAR en Proceso de Modernización de la Gestión Pública del Gobierno Regional de Ucayali y de todas las unidades orgánicas integrantes del pliego 462 Gobierno Regional de Ucayali, con el objetivo de incrementar su efi ciencia, mejorar la calidad del servicio a la ciudadanía y optimizar el uso de los recursos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para que mediante Resolución Ejecutiva Regional conforme un Equipo Técnico Conductor del Proceso. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Ofi cina Regional de Administración, los cuales deberán emitir los actos resolutivos correspondientes para la efectiva implementación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulación de la Región de Ucayali y en el diario Ofi cial “El Peruano”, así como disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe), previa promulgación de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional de Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgación. En Ucayali, a los veinte días del mes de marzo del dos mil quince. EBER PORTOCARRERO TANANTA Consejero Delegado POR LO TANTO: Mando se publique y cumpla. Dada en la sede central del Gobierno Regional de Ucayali a los veinticuatro días del mes de marzo del dos mil quince. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1225859-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Ordenanza que regula régimen excepcional de subsanación para procedimientos sancionadores sobre instalación de propaganda electoral en el distrito ORDENANZA Nº 461-MDJM Jesús María, 30 de marzo del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su