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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (20/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Lunes 20 de abril de 2015 551003 Que, el numeral 40.2 del artículo 40º de la norma acotada señala que las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. En este contexto, el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Que, la función administrativa se traduce básicamente en una labor gerencial, orientada a impulsar el aparato administrativo y garantizar una adecuada toma de decisiones; y conforme lo normado por el artículo 26º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gerente General Regional es el responsable administrativo del Gobierno Regional y por ende resultan compatibles a su cargo las facultades Administrativas de Gestión y de Resolución en materia presupuestaria. Que, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, modifi cada por la ley Nº 29873 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, modifi cado por Decreto Supremo Nº 138-2012- EF, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras. Que, el artículo 5º de la citada ley dispone: “… El Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de ofi cio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento” Que, los lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público” aprobados por la Resolución Ministerial Nº 374-2013-EF/10 emitidos en el marco del Decreto Ley Nº 25650, establecen las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de funciones correspondientes, los temas relativos a procesos de selección y contratación de consultores. Que, por su parte la ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico en general; por lo que en aplicación de los principios administrativos contemplados en dicha normativa, corresponde garantizar de máxima dinámica posible el procedimiento Administrativo en general. Que, la función administrativa se traduce básicamente en una labor gerencial, orientada a impulsar el aparato administrativo y garantizar una adecuada toma de decisiones; y conforme a lo normado por el artículo 26º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gerente General Regional es el responsable administrativo del Gobierno Regional, resultando compatibles a su cargo las facultades Administrativas de Gestión y de Resolución materia de delegación. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 001-2015-PR/GOB.REG.TACNA de fecha 05 de enero del 2015, se designó al C.P.C. GABRIEL RUBEN REJAS ROJAS como Gerente General del Gobierno Regional de Tacna, cargo considerado de confi anza. De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, modifi cada por las leyes Nº 27950 y 28139, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867, modifi cada y complementada por las leyes Nº 27902, 28013, 28961 y 28962, con la conformidad de la Gerencia General Regional y con visación de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR las facultades Administrativas de Gestión y de Resolución al Gerente General del Gobierno Regional de Tacna, C.P.C. GABRIEL RUBEN REJAS ROJAS; estando en consecuencia el funcionario AUTORIZADO para: - Asumir, las atribuciones y facultades en materia presupuestaria que corresponden al Presidente Regional de Tacna, en su calidad de Titular del Pliego. - Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo con el numeral 40.2 del artículo 40 de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Aprobar el calendario de compromisos institucional y sus modifi catorias, desagregación, incorporación de recursos, transferencias presupuéstales permitidas por ley a cargo del Titular del Pliego y otras relativas a la materia, en el marco de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. - Emitir y/o aprobar políticas y Directivas internas para la racionalización y austeridad del gasto público y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento y, otras sobre gestión presupuestaria. - Autorizar, acciones de depuración, ajustes, reclasifi caciones e incorporación de información contable y otras disposiciones orientadas al sinceramiento de los saldos y registros contables reales, establecidos en los estados fi nancieros del Gobierno Regional de Tacna. - Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios requeridos para la elaboración de la Cuenta General de la República y remitirla ante la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. - Suscripción de los contratos sujetos a las disposiciones reguladas en el Reglamento de designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº063-2007-CG y sus normas modifi catorias. - Aprobación de Liquidación y Transferencia de Obras. - Aceptar donaciones de bienes muebles: juguetes, prendas de vestir, alimentos perecibles y otros que requieran una oportuna incorporación y administración que no constituya facultad privativa del titular de la Entidad. - Aprobar, los modelos de contratos de Cesión en Uso, de Compra Venta y de Usuario con carácter de Adhesión que celebre el Comité de Administración de la ZOFRATACNA. - Aprobar Directivas y/o Manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnico - normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno del Gobierno Regional de Tacna. - Resolver en última instancia administrativa los recursos administrativos interpuestos ante los órganos dependientes de éste Despacho Presidencial. Así como emitir pronunciamiento respecto del abandono de procedimientos administrativos y declaración de acto fi rme. - Designar, encargar y dar por concluidas las designaciones y encargaturas del personal y/o funcionarios del Gobierno Regional de Tacna hasta el Nivel Remunerativo F-4. - Designación, Instauración y/o sanción de la Comisión Permanente y Comisiones Especiales de Procesos Administrativos Disciplinarlos. - Representar al Titular del Pliego ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse los procedimientos, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la rectifi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. - Suscribir Minutas y Escrituras Públicas de Adjudicaciones de Venta de Lotes de Vivienda de los Programas de Vivienda Regional, Venta de Terrenos Parque Industrial de Tacna y/o transferencia de las áreas de aporte a las Municipalidades y, demás actos de naturaleza civil y administrativa que garanticen la adecuada adquisición y administración de bienes inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales. - Celebrar y suscribir acuerdos diversos, convenios marco y específi cos de cooperación con Entidades, Instituciones Académicas, Universitarias y Centros de Investigación Públicos y Privados. - Designar a los miembros Integrantes de los Comités Especiales, Ad Hoc y Permanentes que tienen a cargo la organización, conducción y ejecución de los procesos de selección que convoque la Entidad. Así como autorizar la participación de expertos independientes. - Representar a la Entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE - y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en los procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias de acuerdo con las normas de contrataciones del Estado. - Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones y sus modifi caciones, así como evaluar su ejecución.