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El Peruano Lunes 20 de abril de 2015 551004 - Garantizar la publicación mensual y detallada de las estadísticas regionales. - Garantizar la aplicación de un procedimiento transparente que garantice la adecuada contratación de los consultores y otros con cargo al FAG en aplicación de los lineamientos y demás normatividad vigente que regulan dicha contratación. - Justifi car, elaborar y Describir el servicio materia de contratación, considerando sus alcances, así como los objetivos y metas del mismo. - Estructurar y detallar los requisitos mínimos y adicionales de cada consultor y otros con cargo al FAG los mismos que deben formar parte de los Términos de Referencia y garantizar la contratación de profesionales califi cados y con experiencia necesaria para el fortalecimiento institucional, acorde a las labores propias del servicio requerido. Determinar el monto de contratación considerando la naturaleza del servicio, así como las metas y objetivos requeridos. - Autorizar las contrataciones y suscribir los Términos de Referencia del Servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público que se requieran para la óptima funcionabilidad del Gobierno Regional de Tacna. - Califi car el cumplimiento del servicio, otorgar la conformidad al mismo y realizar ante la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas y/u otra entidad, el trámite que resulte necesario. - Cautelar la intangibilidad del expediente de contratación. - Instalar mecanismos de control que permitan verifi car la veracidad de la documentación que acredite la contratación de los consultores y otros con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial. - Garantizar la Publicación en el Portal Web de la institución, la relación de los consultores y otros contratados a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, en cumplimiento del numeral 3 del artículo 25 del TUO de la Ley Nº 27806, de Transparencia y Acceso a la Información Pública. - Otras obligaciones propias de las entidades receptoras de los consultores y otros especialistas del FAG, siendo de su entera responsabilidad la selección de cada contratado. Artículo Segundo.- DISPONER que el cumplimiento de la delegación de facultades que se describe en el artículo primero, deberá efectuarse en el marco de la normatividad vigente y podrá efectuarse a través de cualquier acto administrativo, declaración y/o pronunciamiento que en el marco de las normas de derecho público estén destinadas a producir los efectos deseados respecto de cada caso concreto. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la notifi cación al interesado y demás entes competentes del Gobierno Regional de Tacna. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OMAR G. JIMENEZ FLORES Presidente Regional 1226012-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Conforman la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao DECRETO DE ALCALDÍA Nº 07-2015-MPC-AL Callao, 17 de abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Visto, el Acuerdo de Concejo N° 017-2015, de fecha 18 de marzo del 2015, y, Considerando: Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala en su artículo 79º numeral 1.4.5 que es función específi ca exclusiva de las municipalidades provinciales la nomenclatura de calles, parques y avenidas; Que, el Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas de Recreación Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 04-95-MTC, establece que es competencia de los Gobiernos Locales la nomenclatura de las vías públicas y de las áreas de recreación pública de las áreas urbanas; Que, por Acuerdo de Concejo N° 017-2015, de fecha 18 de marzo del 2015, el Concejo Municipal designó a los dos (02) regidores que integrarán la Comisión de Nomenclatura, tarea que recayó en el señor Rafael Alexis Urbina Rivera, quien la presidirá, y la señora Rosa María Bonelli Torero, miembro; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao; DECRETA: Artículo 1º.- Conformar la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao, la misma que queda conformada del siguiente modo: - Sr. Rafael Alexis Urbina Rivera, Regidor Provincial, Presidente de la Comisión. - Sra. Rosa María Bonelli Torero, Regidora Provincial. - El Gerente de Obras de la Gerencia General de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Provincial del Callao. - El Regidor designado por la Municipalidad Distrital proponente, según corresponda. - El Delegado designado por el Ministerio de Cultura. - El Director Regional de Educación del Callao. - El Gerente de Planeamiento Urbano y Catastro de la Gerencia General de Desarrollo Urbano, quien actuará como secretario de la presente Comisión. Artículo 2º.- La competencia, funciones y atribuciones de la Comisión de Nomenclatura de la Municipalidad Provincial del Callao se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 04-95-MTC. Artículo 3º.- Notifíquese a los interesados la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN SOTOMAYOR GARCIA Alcalde 1226155-1 MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Regulan el Programa Punteño Emprendedor ORDENANZA Nº 003-2015-MDLP/AL La Punta, 10 de abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria Nº 10-2015 de fecha 17 de marzo del 2015 con el voto aprobatorio de los regidores distritales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento Interno del Concejo, y;