Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2015 (20/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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4. Mantener en estrictas condiciones de higiene las zonas aledanas al local que conduce en un radio de 2 metros. 5. Usar la indumentaria establecida por la Municipalidad. 6. Pagar de forma puntual los meses autorizados, de acuerdo a lo establecido al Giro Nº 1 de la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC y modificatorias. 7. Retirar el modulo al termino del horario autorizado. 8. El Emprendedor debera obtener el Certificado de Asistencia a las charlas sobre control sanitario de alimentos y bebidas y sobre los alcances de la Ley General de Salud que otorga la Division de Medio Ambiente. Articulo 12º.- PREMIO A LOS EMPRENDEDORES INNOVADORES La Municipalidad de La Punta brindara apoyo tecnico a aquellos emprendedores, que por lo innovativo del giro o producto ofrecido puedan generar empleos sostenibles para los habitantes del distrito. Articulo 13º.- IMPEDIMENTO PARA SER PUNTENO EMPRENDEDOR No podra otorgarse autorizacion como punteno emprendedor para realizar actividades economicas en la via publica en los siguientes casos: 1. Cuando el solicitante sea trabajador de la Municipalidad de La Punta o su dependiente. 2. Cuando el solicitante tenga un establecimiento comercial o de servicios. 3. Cuando el solicitante o algun familiar directo cuente con autorizacion para realizar actividad economica comercial en el distrito.

El Peruano Lunes 20 de MORDAZA de 2015

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En los procedimientos iniciados con anterioridad a la presente ordenanza, la Gerencia de Rentas emitira la correspondiente autorizacion o la negativa de los mismos. Segunda.- Derogar la Ordenanza Nº 013-2009-MDLPALC y modificatorias, y toda MORDAZA que se oponga a la presente ordenanza. Tercera.- El computo de los anos autorizados senalado en el articulo 10º de la presente ordenanza se inicia a partir del 01 de enero de 2015. Cuarta.- En virtud a la presente Ordenanza, en el plazo de 180 dias, modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA). Quinta.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para una adecuada aplicacion de la presente Ordenanza, asi como establecer la prorroga y suspension de los plazos senalados. Sexta.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Setima.- Encargar a la Oficina de Secretaria General, Archivo e Imagen Institucional la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y a la Unidad de Tecnologia de la Informacion, la Ordenanza en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RISI CARRASCAL MORDAZA 1225875-1

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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