Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2015 (20/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Lunes 20 de MORDAZA de 2015

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habil del mes de agosto hasta el ultimo dia habil del mes de setiembre de cada ano. Toda solicitud presentada fuera de este periodo de tiempo sera declarada improcedente por extemporanea. Articulo 4º.- REQUISITOS PARA LA AUTORIZACION MUNICIPAL Para obtener la Autorizacion Municipal Temporal para la actividad de Promocion y Venta se debera presentar: a. Solicitud dirigida al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Punta, precisando: Giro, horario y periodo de duracion. b. Diseno, dimensiones y composicion (material) del modulo que se usara debe ser autorizado por la Municipalidad. c. Croquis de ubicacion del lugar propuesto. d. Dos (02) fotos tamano carne del emprendedor. e. Comprobante de Pago de acuerdo a la Ordenanza Nº 025-2006-MDLP/ALC; respecto al procedimiento denominado "Autorizacion Temporal para Uso de la Via Publica por Comercio Ambulatorio". f. Certificado domiciliario. Articulo 5º.- PROCEDIMIENTO Se seguira el siguiente procedimiento: 1. El Emprendedor debera presentar solicitud con los requisitos indicados en el articulo precedente en Tramite Documentario de la Municipalidad. 2. La solicitud sera derivada a la Gerencia de Rentas para su respectiva evaluacion, emitiendo un informe tecnico precisando la condicion del emprendedor, la situacion comercial de la MORDAZA involucrada, el giro solicitado y el modulo propuesto. 3. Una vez concluida la evaluacion, debera emitir pronunciamiento autorizando o negando la autorizacion dentro de los primeros quince (15) habiles del mes de octubre de cada ano. Articulo 6º.- PLAZO DE VIGENCIA DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL El plazo de vigencia de la autorizacion Municipal Temporal en la via publica es de cinco (05) meses: desde el 16 de noviembre hasta el 15 de MORDAZA Articulo 7º.- HORARIO AUTORIZADO El horario autorizado es: desde 10:00 horas hasta 18:00 horas, de lunes a domingo. Articulo 8º.- GIROS AUTORIZADOS 1.- Via Publica:

VISTO: El Informe Nº 018-2015-MDLP/GR y el Memorando Nº 076-2015-MDLP-GR emitidos por la Gerencia de Rentas, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, precepto constitucional con el que concuerda el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, segun los articulos 73º y siguientes de la Ley Nº 27972, dentro de las competencias de los Gobiernos Locales se encuentra la promocion del desarrollo economico local, que entre otras acciones comprende ejecutar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial, mejorar la competitividad y promover las condiciones favorables en su jurisdiccion; Que, mediante la Ordenanza Nº 013-2009-MDLPALC, publicada el 11 de diciembre de 2009, se aprobaron disposiciones para la promocion empresarial y el desarrollo economico local en el distrito de La Punta, enfocado a los vecinos de este Distrito con interes en el desarrollo de la actividad comercial en zonas estrategicas de esta comunidad; Que, de acuerdo con el Informe de Visto, la Gerencia de Rentas senala que constituye objetivo primordial promover el desarrollo economico local del Distrito con incidencia en la micro y pequena empresa; motivo por el cual, mediante la presente ordenanza busca mejorar y simplificar el procedimiento para la obtencion de la autorizacion temporal de la actividad economica de en la via publica para el Programa Punteno Emprendedor compuesto por vecinos del distrito; Que, en atencion a que la presente Ordenanza tiene por finalidad el beneficio directo de los habitantes del Distrito y desarrollo del mismo, es decir, es de interes publico, en aplicacion del numeral 3.2 del articulo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicacion del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con el Informe Nº 086-2015MDLP/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, APROBO la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROGRAMA PUNTENO EMPRENDEDOR Articulo 1º.- OBJETO Mediante la presente Ordenanza se dictan disposiciones que crean mecanismos para el desarrollo economico local a traves de la promocion empresarial en el Distrito de La Punta, enfocado a los vecinos de este Distrito con interes en el desarrollo de la actividad comercial en zonas estrategicas de esta comunidad. Articulo 2º.- DEFINICIONES Para los efectos de la presente Ordenanza deben considerarse los siguientes conceptos: a. Emprendedor: Persona natural con residencia en el Distrito de La Punta, con interes en desarrollar una actividad economica. La condicion de residente se verifica a traves del certificado domiciliario otorgado por la Municipalidad. b. Modulos: Mobiliarios en los cuales el emprendedor desarrolla la actividad economica de su interes. Su diseno, composicion y ubicacion es propuesto por la Municipalidad. c. Giro: Actividad a desarrollarse por el Emprendedor en los modulos autorizados por la Municipalidad. d. Autorizacion Municipal Temporal: Acto Administrativo mediante el cual se autoriza al emprendedor a realizar la actividad de venta por un periodo MORDAZA de seis meses. Articulo 3º.PLAZO PARA PRESENTAR SOLICITUD El plazo para presentar solicitud para acceder al Programa Punteno Emprendedor se inicia el primer dia

a) Venta de Raspadillas b) Venta de Cremoladas c) Venta de Chupetes de fruta d) Otras que por su caracter innovativo puedan exponer y vender sus productos en la via publica. Articulo 9º.- LUGAR DE AUTORIZACION Los lugares autorizados para realizar actividad comercial en la via publica, bajo este programa, no podran ser variados bajo ninguna circunstancia por el autorizado. La Gerencia de Rentas se encuentra facultada a realizar mediante resolucion motivada, cambios durante el periodo de autorizacion. Articulo 10º.NUMERO DE PUNTENOS EMPRENDEDORES Y ANOS AUTORIZADOS El programa estara compuesto por un numero MORDAZA de diez (10) en via publica. El tiempo MORDAZA que pueden ser autorizados como puntenos emprendedores es de cinco (05) anos, continuos o espaciados. Articulo 11º.EMPRENDEDORES OBLIGACIONES DE LOS

1. Mantener el mobiliario en adecuadas y optimas condiciones de higiene. 2. Debera contar con carne sanitario vigente. 3. Desarrollar unica y exclusivamente la actividad autorizada.

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