Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2015 (28/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 26

551512
de los recursos que se requieren para su implementacion satisfactoria, precisando entre otros aspectos necesarios para dicho proposito, los siguientes: a) Suscripcion de Convenios, que segun corresponda, se requieran para la materializacion de los proyectos; b) Definicion de los procesos y procedimientos del despacho, segun corresponda; c) Creacion de los equipos tecnicos necesarios para la implantacion de los proyectos de interoperabilidad; d) Estimados de costos para cada proyecto; y, e) Definicion de calendarios y plazos; asi como otros requerimientos que aparecen consignados en el referido informe. En ese sentido, la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Informacion, conforme al analisis tecnico realizado sobre cada uno de los proyectos propuestos por el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, ha concluido que para garantizar su implementacion satisfactoria se deberan considerar los requisitos descritos en el referido informe. Cuarto. Que, el articulo 82°, inciso 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 167-2015 de la octava sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de vacaciones. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar los proyectos presentados por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, y que a continuacion se detallan; los mismos que se ejecutaran con los recursos que tiene el Poder Judicial: a) Proyecto de Interoperabilidad con la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) y la Comision Nacional de Bienes Incautados (CONABI) para procesos de Perdida de Dominio. b) Proyecto de Interoperabilidad con el Ministerio Publico para la implementacion del denominado "Sistema de Agenda Electronica Interoperable". c) Proyecto de Interoperabilidad con el Ministerio Publico y la Policia Nacional para la implementacion del denominado "Sistema de Codigo Unico de Operacion". d) Proyecto de Interoperabilidad con el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC) para la implementacion del "Sistema de Emision de Certificados Electronicos de Antecedentes Penales". e) Obligatoriedad de Uso de Notificaciones Electronicas para Procesos Penales. Articulo Segundo.- Disponer que el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal remita propuestas de medidas administrativas tendientes a la implementacion de los proyectos aprobados precedentemente, para su posterior analisis y evaluacion por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Productividad Judicial; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial y Gerencia de Informatica, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1230088-1

El Peruano Martes 28 de MORDAZA de 2015

Suspenden despacho judicial de diversos organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA Este
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 122-2015-CE-PJ MORDAZA, 25 de marzo de 2015 VISTOS: Los Oficios Nros. 169 y 170-2015-P-CSJ-LE/PJ, cursados por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Oficio N° 169-2015-P-CSJLE/PJ la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este solicita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la suspension del despacho judicial, por los dias 23, a partir de las 15:00 horas, 24 y 25 de marzo del ano en curso en el 1° y 2° Juzgados Penales (Lurigancho Chaclacayo) y en el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados de Lurigancho - Chosica; ubicados en la sede judicial sito en el MORDAZA Chucuito N° 315 - Chosica, por los siguientes motivos: a) Se han registrado desastres naturales debido a las intensas lluvias y que son de conocimiento publico, que han ocasionado el cierre de la carretera central a partir del kilometro 28, lo cual impide el acceso a los organos jurisdiccionales MORDAZA referidos; b) Se ha inundado el local que ocupan dichos juzgados; situacion que requiere de la evaluacion de los danos ocasionados, limpieza y habilitacion; c) La energia electrica ha sido cortada por medida de seguridad en el distrito; y, d) Con el fin de cautelar los plazos procesales y que no se afecte a los usuarios del sistema judicial. Posteriormente, por Oficio N° 170-2015-P-CSJ-LE/ PJ la Presidenta de la citada Corte Superior, teniendo en cuenta la magnitud de los desastres naturales ocasionados en el mencionado distrito, que ha motivado que sea declarado en emergencia en la fecha, solicita la ampliacion de la suspension del despacho judicial por los dias 26 y 27 de marzo del presente ano, en los organos jurisdiccionales precedentemente senalados; asi como en los Juzgados Mixto y de Paz Letrado de Matucana, al no haber acceso desde MORDAZA, y ser la carretera central la unica via de ingreso al referido distrito, que como es de conocimiento publico se encuentra bloqueado. Segundo. Que, el numeral 26) del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial y sus modificatorias, senala que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. En ese sentido, dada la gravedad de los hechos de la naturaleza que vienen afectando a las localidades de Lurigancho - Chaclacayo, Lurigancho - Chosica y Matucana, que han generado la imposibilidad que el despacho judicial pueda llevarse a cabo en los organos jurisdiccionales de las referidas circunscripciones; y en aras de adoptar las decisiones que resultan necesarias dentro del MORDAZA estrictamente establecido por la normatividad vigente, la aprobacion del pedido formulado por la Presidenta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este se encuentra justificada. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 483-2015 de la decimo novena sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Suspender, en via de regularizacion, el despacho judicial por los dias 23, a partir de las 15:00 horas, 24, 25, 26 y 27 de marzo del presente ano, en los siguientes organos jurisdiccionales del Distrito Judicial de MORDAZA Este: a) 1° Juzgado Penal (Lurigancho - Chaclacayo)

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.