Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2015 (28/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 28 de MORDAZA de 2015

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a tres (03) militares de la Republica del Ecuador, del 28 al 30 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de realizar una visita profesional al Centro de Informacion Maritimo (CIM) de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. JAKKE VALAKIVI MORDAZA Ministro de Defensa

Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 991,01 Viaticos (US$ 440,00 x 03 dias) : US$ 1 320,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA presentara a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistira; asimismo, presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- Encargar a la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA de Reparaz MORDAZA, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 28 de MORDAZA de 2015, y en tanto dure la ausencia de su titular. Articulo 5.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.
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MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1230358-1

Modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209.

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DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 359-2015 DE/SG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 305 del 24 de MORDAZA de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-1815, del 24 de MORDAZA de 2015, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 28 al 30 de MORDAZA de 2015, con la finalidad de realizar una visita profesional al Centro de Informacion Maritimo (CIM) de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas; Que, el articulo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Oficina de Programacion y Presupuesto del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 095-2015-MIDIS MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose que la Oficina de Programacion y Presupuesto es la unidad organica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto responsable de la implementacion y coordinacion del Sistema de Presupuesto Publico en el Ministerio, asi como de las acciones que sobre presupuesto correspondan a nivel del Sector; Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de Jefe de la Oficina de Programacion y Presupuesto, como de libre designacion y remocion; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 084-2015MIDIS, se encargo a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Jefa de la Oficina de Programacion y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, se estima pertinente dar por finalizado el encargo referido en el considerando precedente, y proceder a la designacion del Jefe de la Oficina de Programacion y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS;

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