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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (28/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Martes 28 de abril de 2015 551493 Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 991,01 Viáticos (US$ 440,00 x 03 días) : US$ 1 320,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Vásquez Vela presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar a la señora María del Carmen Angélica de Reparaz Zamora, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 28 de abril de 2015, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1230358-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2015 DE/SG Lima, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 305 del 24 de abril de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República del Ecuador, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-1815, del 24 de abril de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 28 al 30 de abril de 2015, con la fi nalidad de realizar una visita profesional al Centro de Información Marítimo (CIM) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a tres (03) militares de la República del Ecuador, del 28 al 30 de abril de 2015, con la fi nalidad de realizar una visita profesional al Centro de Información Marítimo (CIM) de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 Modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209. 1229971-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Jefe de la Oficina de Programación y Presupuesto del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2015-MIDIS Lima, 27 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Ofi cina de Programación y Presupuesto es la unidad orgánica de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto responsable de la implementación y coordinación del Sistema de Presupuesto Público en el Ministerio, así como de las acciones que sobre presupuesto correspondan a nivel del Sector; Que, mediante Resolución Suprema N° 001-2013- MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, reordenado mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013- MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de Jefe de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, como de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 084-2015- MIDIS, se encargó a la señora Celina Chipana Choque las funciones de Jefa de la Ofi cina de Programación y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, se estima pertinente dar por fi nalizado el encargo referido en el considerando precedente, y proceder a la designación del Jefe de la Ofi cina de Programación y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS;