Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2015 (03/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 3 de agosto de 2015 /

El Peruano

Capítulo Segundo: Calidad en la Gestión Pública Artículo Cuarto.- Buen Gobierno La calidad en la gestión pública implica la práctica del buen gobierno, que se define como aquel que busca y promueve el interés general, la participación ciudadana, la transparencia, la responsabilidad, la rendición de cuentas y políticas públicas eficaces y coherentes, respetando los valores de la democracia y el estado de derecho. Artículo Quinto.- Principios de una gestión pública de la calidad Son principios inspiradores de una gestión pública de calidad: a. Probidad y ética pública: Una gestión pública de calidad implica la observancia de valores éticos como la vocación de servicio público, la honradez, la buena fe, la confianza mutua, la solidaridad, la dedicación al trabajo, el respeto a las personas, la escrupulosidad en el manejo de los recursos públicos y la preeminencia del interés público sobre el privado. b. Eficacia: La calidad en la gestión pública comprende cumplir con el principio de eficacia, entendido como la consecución de los objetivos, metas y estándares orientados a la satisfacción de las necesidades y expectativas del ciudadano. c. Eficiencia: La gestión pública debe seguir el principio de eficiencia, comprendido como la optimización de los resultados alcanzados por la Administración Pública con relación a los recursos disponibles e invertidos en su consecución. d. Economía: El buen funcionamiento de la administración pública requiere el uso racional de los recursos públicos. e. Responsabilidad: Una gestión pública de calidad rinde cuentas a los ciudadanos sobre su desempeño y promueve la vigilancia ciudadana. f. Evaluación permanente: Una gestión pública de calidad está en permanente evaluación y se orienta a identificar oportunidades para la mejora continua de sus procesos y servicios. Artículo Sexto.- Recursos humanos La Municipalidad de San Isidro se compromete a desarrollar de manera permanente una política de recursos humanos en la que se promueva el conocimiento, habilidades, creatividad innovadora, motivación y compromiso de sus funcionarios públicos. La alta dirección se compromete a desarrollar buenas prácticas laborales para bienestar de sus trabajadores y un clima laboral adecuado, generando un entorno de confianza y apertura a la innovación. Capítulo Tercero: Gobierno Abierto Artículo Séptimo.- Principios Son principios del gobierno abierto la transparencia, participación y la colaboración. En ese sentido, la Municipalidad de San Isidro se compromete a: a. En materia de Transparencia: Cumplir estrictamente con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información, desarrollando además una política municipal de datos abiertos que contribuya a un mejor proceso de rendición de cuentas y corresponsabilidad en la gestión, brindando todas las facilidades a los ciudadanos para ejercer sus derechos de vigilancia y participación ciudadana. b. En Participación Ciudadana: Utilizar las nuevas tecnologías para implementar espacios de e-participación, brindando facilidades para el ejercicio de una ciudadanía activa y comprometida. Promover el uso de plataformas de acción abierta para la creación conjunta de soluciones que mejoren los servicios y promuevan un modelo de ciudad abierta.

c. En materia de Colaboración: Fomentar la innovación abierta mediante la colaboración ciudadana y alianzas estratégicas con organizaciones sin fines de lucro y empresas privadas. Artículo Octavo.- Política Municipal de Datos Abiertos La Municipalidad de San Isidro se compromete a desarrollar una política municipal de datos abiertos que promueva la colaboración ciudadana, la creatividad, el acceso a la información y la construcción de ecosistema municipal de innovación abierta. Esta política municipal será liderada desde la alcaldía, debiendo rendir cuentas de su implementación de manera semestral. Artículo Noveno.- Principios de los datos abiertos. Para efectos de esta carta, se consideran "datos abiertos" a la información de carácter público, de conformidad con la Ley 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, producida por los órganos que conforman la Municipalidad de San Isidro y que en su forma básica es accesible sin restricciones de ningún tipo, para que pueda ser utilizada, reutilizada y redistribuida sin limitación alguna y sin costos para su obtención. Los "Datos Abiertos" deben cumplir con los siguientes principios: 1. Completos: La información tiene que ser completa. Los datos públicos son aquellos que no están sujetos a restricciones de privacidad, seguridad o excepciones de ley. 2. Primarios: Los datos deben provenir directamente de la fuente, sin ninguna modificación ni agrupación. 3. Periódicos: La publicación debe realizarse a tiempo para preservar el valor de la información. 4. Accesibles: La información tiene que estar disponible para el mayor número de usuarios y propósitos posibles. 5. Procesables: Los datos deben presentar una estructura mínima que permita su tratamiento automatizado. 6. No discriminación: Los datos deben disponibles para todos, sin requisitos de registro. estar

7. No propietarios: Los datos deben estar disponibles en un formato sobre el que ninguna entidad tiene control exclusivo. 8. Sin licencia: Los datos no están sujetos a ningún tipo de regulación de derechos, patentes o registros de marca. Se podrán permitir restricciones razonables de privacidad, seguridad o privilegio. Artículo Décimo.- Implementación del Portal de Datos Abiertos del distrito de San Isidro. La Municipalidad de San Isidro pondrá a disposición del público un Portal de Datos Abiertos con información de alto valor de la gestión municipal. Las instituciones públicas y privadas podrán sumarse a esta iniciativa de apertura de datos brindando información relevante para que sea publicada en el portal distrital. Los datos abiertos que se publiquen podrán ser utilizados, reutilizados y redistribuidos libremente, con fines de investigación académica, periodística, comerciales, de participación ciudadana u otros que se estimen convenientes, dentro del ordenamiento legal vigente. La Gerencia Municipal definirá los lineamientos de la política municipal de datos abiertos y desarrollará un plan de implementación progresiva, el mismo que deberá ser elaborado en un plazo máximo de 60 días hábiles. Este documento deberá establecer la información que contendrá el portal de datos abiertos y la frecuencia de su actualización. La Gerencia de Tecnologías de la Información será la responsable de administrar el portal de datos abiertos. Todos los órganos de la Municipalidad de San Isidro deberán enviar a la Gerencia de Tecnologías de

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