Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2015 (16/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de agosto de 2015 /

El Peruano

Res. N° 4652-2015.- Autorizan viaje de funcionaria a Nicaragua, en comisión de servicios 559346

GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES

GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN R.D. Nº 000187-2015-GRJ/GRDE/DREM/DR.- Relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de mayo a julio de 2015 559347 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Ordenanza Nº 08-2015-CR-RL.- Declaran en proceso de reestructuración la dirección regional de salud y los demás establecimientos de salud del Gobierno Regional de Lima 559348 Ordenanza Nº 011-2015-CR-RL.- Declaran de interés público y de prioridad la puesta en Valor y Reconocimiento como Plato de Bandera "El Pari o Sopa de Piedra", de la provincia de Cajatambo, jurisdicción del gobierno Regional de Lima 559349 R.D. Nº 063-2015-GRL-GRDE-DREM.- Otorgan concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Central Térmica la Gringa V, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica y dictan otras disposiciones 559350 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Ordenanza Nº 006-2015-GRSM/CR.Aprueban actualización del Cuadro de Asignación de Personal - CAP Provisional, del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y del Organigrama del Gobierno Regional de San Martín 559351

Ordenanza Nº 010-2014-GOB.REG.TUMBES-CR.Aprueban lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las Políticas y Gestión del Gobierno Regional de Tumbes 559353 Ordenanza Nº 011-2014-GOB.REG.TUMBES-CR.Declaran el Desarrollo Infantil Temprano como una Prioridad en la Política Pública Regional de Tumbes 559354 Ordenanza Nº 012-2014-GOB.REG.TUMBES-CR.Declaran de Prioridad Regional la Iniciativa Intersectorial e Intergubernamental "Aprende Saludable" y la Alimentación Escolar en el departamento de Tumbes 559354

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Res. Nº 056-2015-MDJM/GDU-SGOPYPU.- Declaran habilitado de oficio predios ubicados en el distrito y dictan otras disposiciones 559355

PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Ordenanza Nº 008-2015.- Restituyen vigencia de la Ordenanza Municipal N° 000068-2010 que aprobó el Plan de Desarrollo Urbano de la Provincia Constitucional del Callao 2011-2022 559356

PODER EJECUTIVO

DECRETOS LEGISLATIVOS
DECRETO LEGISLATIVO N° 1185
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: POR CUANTO: Que, mediante Ley N° 30335, el Congreso de la República ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia administrativa, económica y financiera, por el término de noventa (90) días calendario; Que, en ese sentido el literal e) del artículo 2 del citado dispositivo legal, establece la facultad de legislar sobre medidas que fortalezcan la rectoría en saneamiento con la finalidad de fomentar, modernizar, racionalizar y optimizar la infraestructura y los servicios de saneamiento y asegurar la sostenibilidad de los recursos hídricos; Que, la mejora en la calidad de la prestación de los servicios de saneamiento, su sostenibilidad y la ampliación de su cobertura constituyen la primera línea de política de acción del gobierno en la lucha contra la pobreza, más aún si se tiene en cuenta que el servicio de saneamiento impacta directamente sobre la salud pública; Que, teniendo en cuenta que un sector de la población carece de los servicios de agua potable, es necesario aprobar medidas que permitan garantizar las reservas de aguas subterráneas, las mismas que han sido otorgadas a las Entidades Prestadoras de Servicios (EPS), a fin de asegurar la sostenibilidad y disponibilidad de los

recursos hídricos para la prestación de los servicios de saneamiento; así como para fomentar y optimizar la ejecución de inversiones en infraestructura en agua y saneamiento a nivel nacional; De conformidad con lo establecido en el artículo 104 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

DECRETO LEGISLATIVO QUE REGULA EL RÉGIMEN ESPECIAL DE MONITOREO Y GESTIÓN DE USO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS A CARGO DE LAS ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Legislativo tiene por objeto establecer y regular el régimen especial de monitoreo y gestión del uso de las aguas subterráneas a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) que se encuentren comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente norma. Artículo 2.- Ámbito de aplicación El presente Decreto Legislativo es de aplicación a: a) Las EPS que prestan el servicio de monitoreo y gestión de aguas subterráneas a mérito de reservas de agua subterránea aprobadas con anterioridad a la vigencia de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, a través de las Leyes N° 23521, Ley por la que Reservan las aguas subterráneas de la Cuenca del Río Moche (Trujillo), a favor de la "SEDAPAT", Nº 24516, Ley por la que

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