Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2015 (18/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 18 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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jurídica señalando que el viaje en comisión de servicios indicado en el considerando precedente, se encuentra enmarcado en el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, dispositivo legal que establece que por excepción, el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos, en el caso de organismos constitucionalmente autónomos, son autorizadas por resolución del titular de la entidad, debiendo ser publicada en el diario oficial El Peruano; Que, en tal sentido, de acuerdo a lo propuesto con el Memorando N° 000731-2015/GRE/RENIEC (17AGO2015), se ha considerado pertinente encargar al señor JUAN CARLOS SOSA SAN MIGUEL, Sub Gerente de Verificación de Firmas y Asistencia Electoral, el cargo de Gerente de Registro Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 17 al 23 de agosto de 2015 y con retención de su cargo; Que, a través de la Resolución Jefatural N° 187-2015/ JNAC/RENIEC (14AGO2015), se encargó a la señora ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ, Secretaria General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, con retención de su cargo, del 17 al 31 de agosto de 2015, por encontrarse de descanso físico vacacional su titular; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 ­ Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo N° 047-2002PCM, modificado en parte por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, Decreto Supremo N° 001-2009-JUS modificado en parte por el Decreto Supremo N° 0142012-JUS, y el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios del señor PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS, Gerente de Registro Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 17 al 23 de agosto de 2015, a fin de participar como invitado en la "II Asamblea General de la Asociación Mundial de Órganos Electorales (AWEB)", a realizarse en la República Dominicana. Artículo Segundo.- ENCARGAR, con retención de su cargo, al señor JUAN CARLOS SOSA SAN MIGUEL, Sub Gerente de Verificación de Firmas y Asistencia Electoral, el cargo de Gerente de Registro Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 17 al 23 de agosto de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Tercero.- Los gastos que genere la comisión de servicios indicada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, serán cubiertos por el RENIEC de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo: Pasaje aéreo. Incluye FEE (US$ 18.00); Total: US$ 1,289.76 US$ 1,289.76

Artículo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. ANA CASTILLO ARANSAENZ Jefe Nacional (e) 1275476-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de diciembre 2014, enero y abril 2015
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2015/DREMM-GRM Moquegua, 7 de mayo del 2015 VISTO: La relación de títulos mineros otorgados durante los meses de DICIEMBRE 2014 y ENERO Y ABRIL 2015, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008MEM/DM publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (...), por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Dirección Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM "SIDEMCAT", concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 "TUO de la Ley General de Minería" y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM "Reglamento de Procedimientos Mineros", una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario Oficial El Peruano de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM "SIDEMCAT", D.S. Nº 014-92 "TUO de la Ley General de Minería" y D.S. Nº 018-92-EM "Reglamento de Procedimientos Mineros", Resolución Ministerial Nº 0092008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLICARSE en el Diario Oficial El Peruano, las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de Diciembre 2014 y Enero y Abril 2015, por la Dirección Regional de Energía y Minas Moquegua; siendo las siguientes: 1) EL INDIO, con código 680001814; mediante R.D.Nº 146-2014/DREM.MGRM de fecha 19 de Diciembre del 2014 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto); 2) SIGO SIENDO EL REY, con código 680001714, mediante R.D.Nº 150-2014/DREM.M-GRM de fecha 24 de Diciembre del 2014 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto); 3) INGRISCH COBRESUR 4, con código 680001914, mediante R.D.Nº 003-2015/DREMM-GRM de fecha 29 de Enero del 2015 (D.Omate /Quinistaquillas, P.General Sánchez Cerro); 4) CANTERAS CATALINA, con código 680000813, mediante R.D.Nº 019-2015/ DREMM-GRM, de fecha 24 de Abril del 2015 (D.Torata/

Artículo Cuarto.- El gasto que genere la comisión de servicios indicada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, con relación al hospedaje, alimentación y transporte local, en la República Dominicana, será cubierto por la Junta Central Electoral de la República Dominicana, en ese extremo no irrogará egreso a la Institución. Artículo Quinto.- DISPONER, que el señor PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS, Gerente de Registro Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional a través de la Secretaría General, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el artículo primero, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento.

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