Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2015 (20/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de agosto de 2015 /

El Peruano

(01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de vías de acceso a centros poblados y centros de producción agrícola en el Distrito de San Juan de la Virgen, Provincia y Departamento de Tumbes, por inundación ocurrida el 27 y 28 de marzo del 2015", el cual ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3925-2015-EF/63.01 de fecha 24 de julio del 2015; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 2594-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 189 918,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Huanca del Gobierno Regional de Arequipa, para la ejecución de cinco (05) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Rehabilitación del canal Aqquero de la progresiva 0+100 a la 0+236.60, afectados por inundaciones y deslizamientos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 15 de febrero del 2015 en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa", "Rehabilitación del canal El Pueblo de la progresiva 0+020.00 a la 0+091.20 y de la progresiva 0+260.00 a la 0+310.50 afectados por la entrada de huaycos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 15/02/2015 en el Distrito de Huanca Provincia de Caylloma ­ Arequipa", "Rehabilitación del canal de Murco entre las progresivas 0+170 a la 0+215 y la progresiva 0+540 a la 00+595 m y la progresiva 0+760 a la 00+805 m, afectado por la caída de huaycos y deslizamientos del día 19 de marzo del 2015, en el anexo de Murco Distrito de Huanca, Provincia Caylloma, Departamento Arequipa", "Rehabilitación del canal Paltanayoc de la progresiva 0+309.63 a la 0+484.64 en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa, afectado por las intensas lluvias y deslizamientos del día 15 de febrero del 2015", y "Rehabilitación del canal Vailillas Pujya de la progresiva 1+040 a la 1+257 m y la progresiva 0+343.468 a la 0+381.488 m afectados por deslizamientos a causa de torrenciales lluvias ocurridas el 19 de marzo del 2015 en el Distrito de Huanca, Provincia de Caylloma, Región Arequipa" los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3354-2015EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 2595-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 189 967,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Huánuco del Gobierno Regional de Huánuco, para la ejecución de dos (02) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominados "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones y erosión en la margen izquierda del Rio Topa y derecha del Río Silabarco en el poblado de San Pablo, Distrito de Chaglla, Provincia de Pachitea, Departamento de Huánuco por peligro inminente" y "Instalación del servicio de protección frente a inundaciones y erosión en la margen izquierda del Río Topa en el Caserío de Topa, Distrito de Chaglla, Provincia de Pachitea, Departamento de Huánuco por peligro inminente" los mismos que han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 3362-2015-EF/63.01 de fecha 31 de julio del 2015; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 307 463,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres"; De conformidad con lo establecido en la Segunda

Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 0022014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres" y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI hasta por la suma de SIETE MILLONES TRESCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 307 463,00), a fin de atender treinta y tres (33) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia y dos (02) Actividades de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia 7 307 463,00 -----------------TOTAL EGRESOS 7 307 463,00 ========== A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 7 307 463,00 -----------------TOTAL EGRESOS 7 307 463,00 ==========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

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