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559698 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2015 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, e inciso f) del artículo 5° del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi la designación de los Secretarios Técnicos de la Institución; Que, el artículo 43º del Decreto Legislativo 1033 – Ley de Organización y Funciones del Indecopi, establece que en caso de ausencia superior a un mes del Secretario Técnico corresponde que el Consejo Directivo designe a la persona que ejerza el encargo de dicho cargo mientras dure la ausencia del titular; Que, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo Nº 118-2013 el Consejo Directivo dispuso delegar en el Presidente del Consejo Directivo la facultad de aprobar la justifi cación de la ausencia, así como la encargatura del cargo de Secretario Técnico en caso supere el mes de ausencia; Que, a la fecha, por motivo de ausencia el cargo de Secretario Técnico de la Comisión de Derecho de Autor (CDA) se encuentra vacante, por lo que resulta pertinente encargar a la señorita Lourdes Marjorie Herrera Tapia, como funcionaria que ejerza las funciones de Secretaria Técnica de la CDA, en aras de garantizar la plena ejecución de las obligaciones y mandatos institucionales, a través del correcto funcionamiento de sus órganos internos; De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Encargar a la señorita Lourdes Marjorie Herrera Tapia, las funciones de Secretaria Técnica de la Comisión de Derecho de Autor (CDA), con efi cacia anticipada al 23 de mayo de 2015. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1276417-1 Aprueban publicación de proyecto de Directiva que establece reglas sobre la competencia territorial de las Juntas Arbitrales de Consumo que se constituyan en el marco del Sistema de Arbitraje de Consumo, en el portal electrónico del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 136-2015-INDECOPI/COD Lima, 10 de agosto de 2015 CONSIDERANDO: Que, el inciso l) del artículo 5° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, y el inciso o) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modifi cado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, establecen como funciones del Consejo Directivo del Indecopi, además de las expresamente establecidas en la referida Ley, aquellas otras que le sean encomendadas por normas sectoriales y reglamentarias; Que, el Reglamento del Sistema de Arbitraje de Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046- 2011-PCM, establece que es función del Consejo Directivo del Indecopi –en su calidad de Autoridad Nacional de Protección al Consumidor- establecer, mediante directiva, las disposiciones reglamentarias que resulten necesarias para la implementación y funcionamiento del Sistema de Arbitraje de Consumo y el procedimiento arbitral; Que, en ese sentido, mediante Informe Nº 053-2015/ DPC-INDECOPI la Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor presentó ante el Consejo Directivo del Indecopi, el proyecto de Directiva que establece las reglas sobre la competencia territorial de las Juntas Arbitrales de Consumo que se constituyan en el marco del Sistema de Arbitraje de Consumo; Estando al Acuerdo Nº 065-2015 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 20 de julio de 2015; y, De conformidad con lo establecido en los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la publicación del proyecto de Directiva que establece las reglas sobre la competencia territorial de las Juntas Arbitrales de Consumo que se constituyan en el marco del Sistema de Arbitraje de Consumo, en el portal electrónico del Indecopi http://www. indecopi.gob.pe a efectos de recibir los comentarios y aportes de la ciudadanía, dentro de los veinte (20) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1276417-2 Autorizan viaje de Especialista 1 de la GCT del INDECOPI a Filipinas, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 138-2015-INDECOPI/COD Lima, 17 de agosto de 2015 VISTO: El Informe 044 -2015/GCT de fecha 14 de agosto de 2015, emitido por la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 061-2014- RE, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de las Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífi co (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo los años 2014, 2015 y 2016: reuniones Ministeriales, reuniones Ministeriales Sectoriales, encuentros preparatorios de las reuniones Ministeriales, diálogos de Alto Nivel, reuniones de Altos Funcionarios, reuniones de los Grupos de Trabajo, reuniones de los Grupos de Tareas, diálogos Público- Privado, reuniones de Comités, Subcomités, Grupos de Expertos, reuniones del Consejo Consultivo Empresarial, Cumbre Empresarial de APEC, así como los seminarios, simposios y talleres nacionales e internacionales preparatorios de la agenda para la Presidencia Peruana APEC 2016; Que, mediante Of.RE (AFE) N° 1-0-H/114, el Ministerio de Relaciones Exteriores, hace de conocimiento del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – Indecopi-, que la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM3) y Reuniones Conexas del APEC se realizaran en la ciudad de Cebú, República de Filipinas, del 22 de agosto al 6 de setiembre de 2015 y solicita que se designe a funcionarios del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - Indecopi para que participen en las reuniones de los grupos de trabajo y eventos de interés sectorial, con el objetivo de mantener