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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2015 (21/08/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 36

559694 NORMAS LEGALES Viernes 21 de agosto de 2015 / El Peruano Nº 390-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído Nº 366-2015-ORRHH/ IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y brinda asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confi anza de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 311-2015- IGSS, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, la misma que crea un cargo de Coordinador Técnico, Nivel F-3, de la Dirección de Servicios de Salud Hospitalarios y de Investigación del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, se encuentra vacante el referido cargo de Coordinador Técnico, Nivel F-3, de la Dirección de Servicios de Salud Hospitalarios y de Investigación del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, cargo considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8º de dicho Decreto Legislativo, precisando que este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la entidad; Con la visación de la Secretaria General, del Director General (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Directora General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Decreto Legislativo Nº 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor Enrique Bernardo Valdez Betalleluz en el cargo de Coordinador Técnico de la Dirección de Servicios de Salud Hospitalarios y de Investigación, Nivel F-3, del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, cargo considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1277091-2 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban la Directiva N° 003- 2015-CONCYTEC-DPP, denominada “Directiva para la formulación, aprobación, gestión, seguimiento, monitoreo y evaluación de los Programas Nacionales Transversales de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 107-2015-CONCYTEC-P Lima, 20 de agosto de 2015 VISTOS: El Memorándum N° 214-2015-CONCYTEC- DPP de la Dirección de Políticas y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, el Informe N° 113-2015-CONCYTEC-OGPP-OMGC de la Ofi cina de Modernización y Gestión de la Calidad, y el Memorando N° 225-2015-CONCYTEC-OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica, conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2007-ED y la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, el Literal j) del Artículo 11° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007-ED, dispone que es función del CONCYTEC aprobar los Programas Nacionales de CTeI y compatibilizar los Programas Regionales y Especiales de CTeI con ellos; Que, el Literal d) del Artículo 9° de la Ley N° 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, establece que es función del Consejo Directivo del CONCYTEC, aprobar los Programas Nacionales y compatibilizarlos con los Programas Regionales y Especiales de CTeI; Que, el Artículo 26° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2010-ED, regula que los Programas Nacionales de CTel son los instrumentos de gestión y articulación de los Planes Nacionales de CTel que responden a las prioridades establecidas en éstos. Agrupa a actividades y proyectos que persiguen objetivos y metas comunes; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2006-ED se aprueba el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación para la Competitividad y el Desarrollo Humano 2006 - 2021 (en adelante, el Plan Nacional de CTI), cuyo objetivo es asegurar la articulación y concertación entre los actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, enfocando sus esfuerzos para atender las demandas tecnológicas en áreas estratégicas prioritarias con la fi nalidad de elevar