Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2015 (03/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

567706
GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS

NORMAS LEGALES
1 264 682,00 ------------------15 577 202,00 ===========

Jueves 3 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas

1319071-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de la concesión definitiva para desarrollar actividad de transmisión de energía eléctrica que efectúa Statkraft Perú S.A. a favor de Inversiones Shaqsha S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 509-2015-MEM/DM
Lima, 19 de noviembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 14058395, sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión C.H. 4 Pariac ­ S.E. Huancapeti de 60 kV, S.E. Huancapeti ­ S.E. Ticapampa de 13,8 kV y C.H. 3 ­ C.H. 4 Pariac de 13,8 kV, y la solicitud de transferencia de dicha concesión definitiva a favor de INVERSIONES SHAQSHA S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Electrónica N° 13377257 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX - Sede Lima. CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema 058-2000EM, publicada el 10 de junio de 2000, se otorgó a favor de Empresa de Generación Eléctrica Pariac S.A. la concesión

definitiva para realizar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión C.H. 4 Pariac ­ S.E. Huancapeti de 60 kV, S.E. Huancapeti ­ S.E. Ticapampa de 13,8 kV y C.H. 3 ­ C.H. 4 Pariac de 13,8 kV, ubicadas en la provincia de Recuay del departamento de Ancash, aprobándose el Contrato de Concesión N° 170-2000; Que, mediante la Resolución Suprema N° 1062001-EM publicada el 3 de junio de 2001, Empresa de Generación Eléctrica Pariac S.A. transfiere la concesión definitiva a favor Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A., asumiendo todos los derechos y obligaciones que se indican en el Contrato de Concesión N° 170-2000; Que, la Empresa de Generación Eléctrica Cahua S.A. fue absorbida íntegramente por Electroandes S.A., cuya denominación social fue modificada a SN Power Perú S.A., quien finalmente modificó su denominación social por STATKRAFT Perú S.A., según lo declarado por esta última y lo que consta inscrito en los asientos B00004, B00008 y B00012, de la Partida Electrónica N° 11264232 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX ­ Sede Lima; Que, con fecha 14 de julio de 2015, mediante el documento con Registro Nº 2518775, complementado con los documentos con Registros N° 2520940 y N° 2538033 de fechas 23 de julio y 24 de setiembre de 2015, respectivamente, INVERSIONES SHAQSHA S.A.C. solicitó a la Dirección General de Electricidad, se apruebe a su favor, la transferencia de la concesión definitiva señalada en el primer considerando, que efectúa STATKRAFT Perú S.A.; Que, como sustento de dicha solicitud, INVERSIONES SHAQSHA S.A.C. presentó copia simple del Acuerdo de Cesión de Derechos y Cesión de Posición Contractual, suscrito el 15 de mayo de 2015 mediante el cual STATKRAFT Perú S.A. cede a favor de INVERSIONES SHAQSHA S.A.C. su posición contractual en el Contrato de Concesión N° 170-2000, incluyendo, los derechos y obligaciones que correspondan; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 1436 del Código Civil, la forma de la transmisión, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en función del acto que sirve de base a la cesión y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, en tal sentido, procede aprobar la transferencia solicitada y, en consecuencia, tener como titular de la referida concesión definitiva a INVERSIONES SHAQSHA S.A.C., quien deberá elevar a escritura pública el Acuerdo de Cesión de Derechos y Cesión de Posición Contractual e inscribir dicho acuerdo, que motiva la presente Resolución Ministerial, en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93EM, habiendo emitido opinión la Dirección General de Electricidad mediante el Informe Nº 576-2015-DGEDCE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1436 del Código Civil, en el artículo 28 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, modificado por el Decreto Legislativo N° 1221 y en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las Líneas de Transmisión C.H. 4 Pariac ­ S.E. Huancapeti de 60 kV, S.E. Huancapeti ­ S.E. Ticapampa de 13,8 kV y C.H. 3 ­ C.H. 4 Pariac de 13,8 kV, que efectúa STATKRAFT Perú S.A. a favor de INVERSIONES SHAQSHA S.A.C., por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Tener como titular de la concesión definitiva mencionada en el artículo precedente a INVERSIONES SHAQSHA S.A.C. a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial, la que asumirá en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables.

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