Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2015 (03/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF y modificado por Resolución de Superintendente Nº 043-2014-SMV/02; así como por la Resolución de Superintendente Nº 117-2015SMV/02 del 23 de noviembre de 2015; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Independiente Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima Cerrada como sociedad administradora de fondos de inversión. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Independiente Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima Cerrada en la sección correspondiente del Registro Publico del Mercado de Valores. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 5º.- Transcribir la presente resolución a Independiente Sociedad Administradora de Fondos de Inversión Sociedad Anónima Cerrada. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOS Superintendente del Mercado de Valores (e)

empresa ha cumplido con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad agente de bolsa; Que, antes de iniciar sus operaciones, Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Mercado de Valores; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 3, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores; así como el artículo 12, numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF; y por la Resolución de Superintendente N° 117-2015-SMV/02 del 23 de noviembre de 2015; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el funcionamiento de Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. como sociedad agente de bolsa. Artículo 2º.- Disponer la inscripción de Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Antes del inicio de sus operaciones, Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. deberá constituir la garantía a que se refiere el artículo 136 de la Ley del Mercado de Valores, así como dar cumplimiento a los demás requisitos previstos en el artículo 186 de dicha ley. Artículo 4º.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A., la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RIVERO ZEVALLOS Superintendente del Mercado de Valores (e)

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Autorizan el funcionamiento de Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. como sociedad agente de bolsa
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 121-2015-SMV/02
Lima, 30 de noviembre de 2015 El Superintendente del Mercado de Valores (e) VISTOS: El Expediente N° 2015037122, así como el Informe N° 977-2015-SMV/10.2 del 27 de noviembre de 2015, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades Nº 041-2015-SMV/10.2 del 16 de abril de 2015, se otorgó a Sura Asset Management Perú S.A. y Activos Estratégicos Sura AM Colombia S.A.S., autorización para la organización de una sociedad agente de bolsa denominada Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A.; Que, Sura Asset Management Perú S.A. y Activos Estratégicos Sura AM Colombia S.A.S. solicitaron a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV autorización de funcionamiento para actuar como sociedad agente de bolsa; Que, el artículo 7 del Reglamento de Agentes de Intermediación, aprobado por Resolución CONASEV Nº 045-2006-EF/94.10 y sus modificatorias, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la SMV, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015SMV/02, señalan los requisitos que deben cumplirse a efectos de obtener la autorización de funcionamiento de un agente de intermediación; Que, la Superintendencia del Mercado de Valores, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades y la Oficina de Tecnologías de Información, realizó una visita de inspección a las instalaciones de Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A., a efectos de verificar que esta cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y los recursos humanos necesarios para su funcionamiento; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Sociedad Agente de Bolsa Sura S.A. y luego de la inspección efectuada, se ha determinado que dicha

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACION LABORAL
Designan Sub Intendente de Resolución 1 de la Intendencia de Lima Metropolitana de la SUNAFIL
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 186-2015-SUNAFIL
Lima, 2 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la acotada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, asimismo, el artículo 6° de la mencionada Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, el literal f) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - Sunafil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-TR y modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, dispone que el Superintendente tiene por función, entre otras, designar y remover a los directivos de la Sunafil; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización

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