Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2015 (05/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Sábado 5 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568005

cuyo caso dicha valorización sustituye la obligación de presentación de Declaraciones Juradas; Que, la Ordenanza Nº 019-2014-MPC, que regula el procedimiento de ratificación de ordenanzas distritales en el ámbito de la Provincia Constitucional del Callao, en su Cuarta Disposición Complementaria Final, establece que el Acuerdo de Concejo ratificatorio de las Ordenanzas de derechos de emisión, tendrán una vigencia máxima de dos (02) años, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificación; Que, mediante Ordenanza Nº 013-2014-MDLP ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 123-2014MPC, publicados ambos en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 31 de diciembre de 2014, la Municipalidad de La Perla estableció los montos por derechos de emisión por tributos municipales correspondientes al periodo 2015; Que, la Gerencia de Administración mediante Memorándum Nº 2997-2015-MDLP/GA, de fecha 27 de noviembre del 2015, sostiene que en relación a la emisión mecanizada del impuesto Predial y los arbitrios Municipales para el periodo 2016, se ha mantenido inalterable con respecto al periodo 2015 y al amparo de la normativa glosada en los considerandos anteriores, resulta factible prorrogar para el periodo 2016, las tasas por el Servicio de Emisión Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales aprobadas con la Ordenanza Nº 013-2014MDLP, ratificada con Acuerdo de Concejo Nº 123-2014MPC; Que, la Gerencia de Administración Tributaria, a través de su Memorándum Nº 258-2015-MDLP-GAT de fecha 27 de noviembre de 2015, alcanza la propuesta de Ordenanza que aprueba el monto de la tasa por concepto de la emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2016, contándose con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 833-2015-GAJ/MDLP; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las atribuciones otorgadas en los Artículos 9º, numeral 9); 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD; aprobó la siguiente: ORDENANZAQUE REGULA EL MONTO DE LA TASA POR CONCEPTO DE LA EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2016 Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia para el ejercicio 2016 de lo establecido en la Ordenanza Nº 013-2014-MDLP, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 123-2014-MPC, publicados ambos en el Diario Oficial El Peruano con fecha 31 de diciembre de 2014, que fija en S/.3.60 (Tres soles y 60/100 Nuevos Soles) el monto que deberán abonar los contribuyentes por derecho de emisión mecanizada de actualización de declaración jurada y determinación del Impuesto Predial, así como del derecho de emisión mecanizada de la actualización de valores, determinación del tributo incluyendo la distribución de la determinación de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y jardines Públicos y Serenazgo Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria a través de su Sub Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Estadística e Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como a la Sub Gerencia de Relaciones Públicas su difusión. Artículo Tercero.- FACULTAR a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía emita las disposiciones reglamentarias para mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1319778-1

Delegan a Gerente Municipal de la Municipalidad las facultades de aprobar modificaciones en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio 2015
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 687-2015-ALC-MDLP La Perla, 30 de noviembre del 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CONSIDERANDO: Que, el numeral 7.1 del Artículo 7º de la Ley del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28441, señala que el Titular de la entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad: Que, el numeral 40.1 del Artículo 40º de la Ley 28411, señala que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático las que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categoría presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal: Que, el numeral 40.2 del Artículo 40º de la precitada Ley Nº 28411 establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición, expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano". Que, mediante Ordenanza Nº 015-2004-MDLP de 02.07.2004 y modificatorias, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Perla; emitiéndose en consecuencia, nuevas designaciones de funcionarios; Que, en tal sentido, es necesario emitir el acto administrativo que delegue en la señora Gerente Municipal la facultad resolutiva en materia presupuestal, citada en los considerandos precedentes; Estando a lo señalado y en uso de las facultades conferidas por Artículo 6º numerales 6) y 20), Artículo 20º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en la Abogada OCTAVIA JUANA HERRERA ORENDO - Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de La Perla, las facultades de aprobar las modificaciones en el Nivel Funcional Programático, durante el ejercicio 2015, conforme al ordenamiento legal vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal y Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto todas las normas y disposiciones que contravengan lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1319776-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.