Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2015 (12/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Sábado 12 de diciembre de 2015 /

El Peruano

adecuarán a las disposiciones y/o directivas que prevé ésta, en un plazo de 15 días hábiles. Segunda.- Facúltese al Señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía proceda a la implementación de disposiciones y/o directivas que resulten necesarios para el desarrollo de la presente ordenanza. Tercera.- Déjese sin efecto cualquier Ordenanza Municipal, Decreto Municipal y Resolución de Alcaldía que se oponga a lo señalado en la presente Ordenanza Municipal. Cuarta.- MODIFICACION DEL TUPA inclúyase los procedimientos administrativos comprendidos en la presente ordenanza, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad. DISPOSICION FINAL Primera.- La presente ordenanza que establece el régimen de Extracción de Materiales de Construcción Ubicados en los Álveos o Cauces de los Ríos Localizadas en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, Provincia De Abancay ­ Región Apurímac, consta de V Capítulos, 24 Artículos, 04 Disposiciones Complementarias, 04 Disposiciones Transitorias y 01 Disposición Final, que será publicada en los anaqueles de la MDC, diario de circulación regional, así como en la página web de la Municipalidad Distrital de Curahuasi. Regístrese, comuníquese y cúmplase. DANILO VALENZA CALVO Alcalde 1321423-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Autorizan viaje de alcalde a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL Nº 098-2015-MDS Socabaya, 30 de noviembre del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA POR CUANTO El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Socabaya en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de noviembre del 2015, trató: el Oficio Nº 478-A-RVR-GADMM-2015 de la Alcaldía de MacaráEcuador, el Informe Legal Nº 324-2015-MDS/A-GMGAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 419-2015-MDS/A-GM-GPP de Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Proveído Nº 3053-2015-MDS/ALC del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y Art. II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La Autonomía que la Constitución establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Socabaya Sr. Alcalde Alexi Guillermo Rivera Cano, ha recibido invitación del Gobierno Municipal de Macará

del País de Ecuador para participar en la V Pasantía Municipal Ecuatoriana-Peruano que se realizará en la ciudad de Macará-Ecuador, durante los días 10, 11, 12 y 13 de Diciembre del 2015; precisando que este importante evento es promovido por la Asociación de Prensa del Perú (ANAP), y patrocinado por el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Macará; en cuyo itinerario se verán temas relacionado a la protección de derechos niñez y adolescencia, medio ambiente y manejo de residuos sólidos, agua potable y alcantarillado, entre otros que contribuyen al conocimiento en la conducción de los servicios públicos prestados por la Municipalidad Distrital de Socabaya. Que, en cuanto al itinerario de la pasantía, ésta incluye el traslado de la autoridad participante LimaPiura-Macara Piura-Lima, vía terrestre, alojamiento y alimentación por tres días y dos noches, por el monto de US$700.00 (setecientos dólares americanos); contando con la disponibilidad presupuestal correspondiente conforme se establece en el Informe Nº 419-2015-MDS/ A-GM-GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Que, conforme lo establece el inciso 11) del Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, bajo este orden de ideas la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal Nº 324-2015-MDS/A-GM-GAJ emitió opinión legal, concluyendo que: i) resulta legalmente procedente que en Sesión de Concejo Municipal se autorice al Sr. Alcalde , para que viaje a la ciudad de Macará-Ecuador, a fin de que participe en la V Pasantía Municipal EcuatorianoPeruano, en representación de la Municipalidad Distrital de Socabaya; ii) previamente se gestione la respectiva disponibilidad presupuestal por el monto de US$ 700.00 dólares americanos, para cubrir el costo de inversión de la pasantía en que se participará. Que, es en este sentido el Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Socabaya ha solicitado en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de noviembre del 2015, la autorización al Pleno del Concejo Municipal para poder participar, en representación de la Municipalidad Distrital de Socabaya, al V Pasantía Municipal Ecuatoriano-Peruano. Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo aprobado en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 27 de noviembre del 2015 donde se aprobó por MAYORIA CALIFICADA (con 08 votos a favor y 01 en contra), y en estricta aplicación de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, el siguiente acuerdo; SE ACUERDA Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje en representación de la Municipalidad al Cantón Macará, Provincia de Loja del País de Ecuador del Alcalde de la Municipalidad Distrital de Socabaya ING. ALEXI GUILLERMO RIVERA CANO por los días comprendidos entre el 10 al 13 de diciembre del 2015, para efectos de asistir a la V PASANTÍA MUNICIPAL ECUATORIANOPERUANO que se realizará en la ciudad de MacaráEcuador. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el diario oficial El Peruano del presente Acuerdo de Concejo, conforme a Ley. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Acuerdo a todas las Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad y a Secretaría General su notificación y archivo conforme a Ley. Mando se registre, comunique, publique y cumpla. ALEXI G. RIVERA CANO Alcalde 1321485-1

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