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568455 NORMAS LEGALES Sábado 12 de diciembre de 2015 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA Designan ejecutor coactivo de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 109-2015-M.D.A. Aucallama, 24 de noviembre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AUCALLAMA, PROVINCIA DE HUARAL, DEPARTAMENTO DE LIMA VISTO: El informe Nº 116-A-2015/GM-MDA de fecha 23 de Noviembre del 2015, emitido por el Presidente de la Comisión Especial encargada del Concurso Público de Méritos Nº 001 – 2015 – MDA, para la designación de un (01) Ejecutor Coactivo en la Municipalidad Distrital de Aucallama; y, CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Municipalidad Distrital de Aucallama, en cumplimiento de la normatividad vigente convocó a Concurso de Méritos para la designación del Ejecutor Coactivo de esta Comuna. Que, mediante el documento de visto, remiten el expediente administrativo, para la emisión del respectivo acto administrativo, habiéndose cumplido con todos los requisitos para el proceso de selección, evaluación y contratación del personal. Siendo que en dicho Concurso de Méritos, resultó ganadora la Abog. Elizabeth Mirta Camones Mejía, para cubrir el cargo de Ejecutor Coactivo. De conformidad a la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, sus modifi catorias mediante Leyes Nºs. 28165 y 28892, y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 069-2003-EF; y, Estando a lo expuesto por la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20º, concordante con el artículo 43 de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 16 de noviembre del 2015 a la Abog. ELIZABETH MIRTA CAMONES MEJIA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Aucallama, quien ejercerá sus funciones de acuerdo a las facultades que le otorga la ley específi ca de la materia. Artículo Segundo.- HAGASE DE CONOCIMIENTO a cada una de las entidades bancarias, crediticias y fi nancieras, Policía Nacional del Perú, Registros Públicos y otras Entidades análogas, a fi n de que brinden el apoyo para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a las áreas correspondientes. Artículo Cuarto.- DISPONER que la ofi cina de Secretaria General efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO F. SALGUERO DULANTO Alcalde 1322001-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI Ordenanza que norma la extracción de materiales de construcción ubicados en los álveos o cauces de los ríos, localizadas en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, provincia de Abancay - Región Apurímac ORDENANZA MUNICIPAL Nº 019-2015-MDC Curahuasi, 18 de agosto del 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI VISTOS: En Sesión extraordinaria de Concejo, con el voto mayoritario de los señores Regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordado con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 3.6.4. del Artículo 79 de la precitada Ley establece que son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalización de apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales; Que, mediante Ordenanza Nº 006-2015-MDC se aprobó LA ORDENANZA QUE NORMA LA EXTRACCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION UBICADOS EN LOS ALVEOS O CAUCES DE LOS RIOS, LOCALIZADAS EN LA JURISDICCION DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI, PROVINCIA DE ABANCAY- REGION APURIMAC; Que, las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal y tienen rango de ley, según el Art. 200, numeral 4 de la Constitución, correspondiendo al concejo municipal la aprobación de la misma. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004- EF, establece cuales son los ingresos tributarios y señala a su acreedor, así como al órgano de gobierno local al que corresponde su recaudación, administración y fi scalización; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenando del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, resulta necesario modifi car y precisar aspectos de carácter técnico y legal en la referida ordenanza por lo que en uso de las facultades conferidas por los Artículos