Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

569393

VISTO: Los Expedientes 15-032870-001, N° 15-032871-001, N° 15-032873-001 y N° 15-032875-001, que contienen las Notas Informativas N° 0159-2015-DGCISRI/IGSS, N° 0160-2015-DGCISRI/IGSS, N° 0161-2015-DGCISRI/ IGSS y N° 0162-2015-DGCISRI/IGSS; el Informe N° 773-2015-UFIyAP-ORRHH/IGSS y el Proveído N° 697-2015-ORRHH/IGSS; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1167 se creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestión, operación y articulación de las prestaciones del servicios de salud de alcance nacional pre hospitalario y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en Institutos Especializados y Hospitales Nacionales, así como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de Lima Metropolitana y para brindar asistencia técnica en la prestación de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, el literal f) del artículo 11 del citado Decreto Legislativo dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, se encuentran vacantes los cargos de Coordinador/a Técnico/a de la Dirección del Cuidado Integral de la Salud y Redes Integradas, Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Prevención de Enfermedades y Riesgos, Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Promoción de la Salud y Determinantes Sociales en Salud y Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Servicios, de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, por lo que resulta necesario designar a los funcionarios que ostentarán dichos cargos; Que, mediante Resolución Jefatural N° 311-2015/IGSS, de fecha 7 de julio de 2015, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional Modificado del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, en el cual los cargos Coordinador/a Técnico/a de la Dirección del Cuidado Integral de la Salud y Redes Integradas, Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Prevención de Enfermedades y Riesgos, Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Promoción de la Salud y Determinantes Sociales en Salud y Coordinador/a Técnico/a de la Unidad Funcional de Servicios, de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas, se encuentran considerados como Directivos Superiores de libre designación y remoción; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, señala lo siguiente: "El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho decreto legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP de la entidad"; Que, mediante los documentos del Visto, la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, emite opinión favorable y recomienda la emisión del acto resolutivo correspondiente; Con la visación de la Secretaria General, de la Directora General (e) de la Oficina de Recursos Humanos y del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, el Decreto Legislativo N° 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR en la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas del Instituto de

Gestión de Servicios de Salud, a los profesionales que a continuación se indica:
Nombres y Apellidos Médico Cirujano Aldo Tomás Tecse Silva Licenciada en Enfermería Niurka Coronel López Licenciada en Obstetricia María Azucena Morocho Chávez Médico Cirujano Luis Rosales Pereda Cargo Coordinador Técnico de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas Coordinadora Técnica de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas Coordinadora Técnica de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas Coordinador Técnico de la Dirección del Cuidado Integral de Salud y Redes Integradas

Artículo 2.- ENCARGAR a los Coordinadores designados, las funciones de las Unidades que a continuación se indican, en adición a sus funciones:
Nombres y Apellidos Licenciada en Enfermería Niurka Coronel López Licenciada en Obstetricia María Azucena Morocho Chávez Médico Cirujano Luis Rosales Pereda Cargo Unidad Funcional de Prevención de Enfermedades y Riesgos Unidad Funcional de Promoción de la Salud y Determinantes Sociales en Salud Unidad Funcional de Servicios

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Jefa Institucional (e) 1326572-2

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran fundado en parte recurso de reconsideración interpuesto por Electro Oriente S.A. contra la Res. N° 117-2015-OS/ GART
RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA ADJUNTA DE REGULACIÓN TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 129-2015-OS/GART Lima, 18 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: 1.- ANTECEDENTES Que, con fecha 15 de octubre de 2015, fue publicada en el diario oficial El Peruano la Resolución Osinergmin Nº 117-2015-OS/GART (en adelante "Resolución 117"), mediante la cual se aprobaron los costos administrativos y operativos vinculados con el Programa FISE de las Distribuidoras Eléctricas, hasta al mes de julio de 2015; Que, contra la Resolución 117, el 5 de noviembre de 2015, la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente - Electro Oriente S.A. (en adelante "Electro Oriente") interpuso recurso de reconsideración;

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