Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

569377

de Relaciones Exteriores, se rigen por lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; Que, por Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, de 13 de febrero de 2008, se aprobaron los criterios para identificar las necesidades y priorizar las Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares del Perú en el exterior a las cuales el Ministerio de Relaciones Exteriores les proveerá propiedades inmuebles, así como para que seleccione los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso en el territorio nacional y aceptar a cambio en el exterior, por el principio de reciprocidad; Que, a través del Informe Técnico - Económico Nº (COP) 003-2015, de 14 de diciembre de 2015, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior sustenta y propone la compra del referido inmueble, señalando que su adquisición en US$ 3 604 800,00 (tres millones seiscientos cuatro mil ochocientos y 00/100 dólares americanos), suma que incluye gastos de adecuación, notariales, registrales y legales, resulta ser una inversión ventajosa, en términos financieros de costo-beneficio y de oportunidad, toda vez que el dinero invertido, será recuperado con creces permitiendo así su capitalización a favor del Estado peruano, así como contar con una adecuada infraestructura a fin de optimizar la calidad de la representación oficial de nuestro país en el exterior; Que, en ese sentido, el Comité Permanente del Ministerio de Relaciones Exteriores para la disposición de inmuebles de propiedad del Estado en el exterior ha recomendado la adquisición del inmueble ubicado en la Calle 8 N° 125, Zona de Calacoto, La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 0221-2008-RE, que aprueba los criterios para la selección de los inmuebles a adquirir, construir, vender, permutar o ceder en uso; Que, asimismo, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ha emitido opinión favorable sobre la citada operación de compra, en aplicación del numeral 4.2 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 064-2007RE; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 29357 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como, con el Decreto Supremo Nº 064-2007-RE; DECRETA: Artículo 1.- Autorización de compra de inmueble Autorícese al Ministerio de Relaciones Exteriores a adquirir el inmueble ubicado en la Calle 8 N° 125, Zona de Calacoto, La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; para la sede de la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2.- Representación del Estado peruano para las operaciones de compra venta y otras que resulten necesarias Autorícese al(la) Embajador(a) del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia para que, en nombre y representación del Estado peruano, suscriba todos los documentos que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto supremo. Artículo 3.- Registro Encárguese al Ministerio de Relaciones Exteriores a realizar ante la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los registros que fueran necesarios en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, en mérito a la documentación sustentatoria correspondiente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1326706-4

Autorizan al Ministerio de Defensa, IPD y Ministerio de Agricultura y Riego el pago de cuotas a diversos organismos internacionales
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 305-2015-RE Lima, 22 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 927-2015/MINDEF/DM, de 21 de agosto de 2015, del Ministerio de Defensa, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota a favor de la Asociación Internacional de Ayudas Marítimas a la Navegación y Autoridades de Faros-IALA; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2015", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2015, siendo que de conformidad con el inciso 1.3 del artículo 1 de dicha Ley, las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Ministerio de Defensa se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor de la Asociación Internacional de Ayudas Marítimas a la Navegación y Autoridades de Faros-IALA; por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Ministerio de Defensa a efectuar el pago de la cuota ascendente a S/. 55 000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor de la Asociación Internacional de Ayudas Marítimas a la Navegación y Autoridades de Faros-IALA. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con cargo al presupuesto institucional de la Marina de Guerra del Perú. Artículo 3.- Equivalencia en moneda extranjera Disponer que la equivalencia en moneda extranjera sea establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.