Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 087-2015PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, dependiente del Ministerio de Interior, como instancia de diálogo, coordinación y seguimiento de las acciones de prevención y sanción de la violencia en la actividad de construcción civil; Que, de acuerdo a los artículos 3 y 4 del citado Decreto Supremo, la citada Comisión Multisectorial permanente está conformada, entre otros, por un representante titular y uno alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los mismos que serán designados mediante resolución del Titular del Sector correspondiente; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes titular y alterno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente creada por Decreto Supremo N° 087-2015-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 087-2015-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente creada por Decreto Supremo N° 087-2015-PCM, a las siguientes personas: Titular El(La) Director(a) de la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. Alterno El(La) Director(a) de la Oficina de Diálogo y Gestión Social de la Secretaría General. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Ministerio del Interior y a los representantes designados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ADOLFO DUMLER CUYA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1325665-1

Aprueban Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente al año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 348-2015-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2015 Vistos, el Oficio N° 1862-2015-OEFA/DS de la Dirección de Supervisión del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el Memorándum Nº 886-2015-VIVIENDA-VMCSDGAA de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Informe Nº 265-2015-VIVIENDA/VMCS/DGAA-DGA de la Dirección de Gestión Ambiental de la Dirección General de Asuntos Ambientales, y el Memorándum N° 3593-2015-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29325 y sus modificatorias, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - SINEFA, el cual está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como ente rector;

Que, el artículo 2 de la Ley citada en el considerando precedente, señala que el Sistema rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental; Que, el artículo 7 de la Ley N° 29325, establece que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, y ejercen sus competencias con independencia funcional del OEFA; forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA como ente rector del referido Sistema; Que, el literal a) del numeral 11.2 del artículo 11 de la Ley Nº 29325, modificado por Ley Nº 30011, dispone que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental ejerce, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus competencias, las normas que regulan el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del SINEFA, y otras de carácter general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables de los administrados a su cargo; así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de entidades de fiscalización ambiental, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en los tres niveles de gobierno; Que, por Resolución de Consejo Directivo Nº 0042014-OEFA/CD, se aprueban los "Lineamientos para la Formulación, Aprobación y Evaluación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental", en adelante los Lineamientos, que en el literal c) del artículo 3 define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA como, el instrumento de planificación a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental - EFA programa las acciones de fiscalización ambiental a su cargo, a ser efectuadas durante el año calendario correspondiente, señalando que el ejercicio regular de la fiscalización ambiental a cargo de cada EFA no está limitado a lo que se establezca en su PLANEFA; Que, el artículo 4 de los Lineamientos establece que el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA, durante los primeros quince (15) días del mes de diciembre del año previo a su ejecución; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA, este Ministerio, a través de la Dirección General de Asuntos Ambientales, propone los objetivos, lineamientos y estrategias ambientales para el desarrollo de las actividades que están bajo su competencia, en armonía con la protección del ambiente y la conservación de los recursos naturales, incluyendo la biodiversidad, en el marco de la Política Nacional del Ambiente; e igualmente, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los estudios ambientales o instrumentos de gestión ambiental complementarios al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA y la normativa ambiental vigente de competencia del Sector; Que, con Memorándum N° 886-2015-VIVIENDAVMCS-DGAA, la Dirección General de Asuntos Ambientales - DGAA, en el marco del numeral 4.2 del artículo 4 de los Lineamientos, y estando a los fundamentos técnico legales contenidos en el Informe Nº 265-2015-VIVIENDA/VMCS/DGAA-DGA de la Dirección de Gestión Ambiental de la DGAA, remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la propuesta del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del MVCS para el año 2016, señalando que esta concuerda con la meta o finalidad y con las acciones de supervisión y fiscalización de la Dirección de Gestión Ambiental previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2016 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Memorándum N° 3593-2015-VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace suyo el Informe N° 163-2015-VIVIENDA/ OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, por el cual emite opinión favorable respecto al proyecto de Plan Anual de Evaluación y

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