Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

569421

Distrital, el Memorándum N° 969-2015-GPP-MSS de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 1209-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el Inciso 1) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que corresponde al Concejo Municipal, "Aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo"; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, ha introducido el mecanismo del presupuesto participativo, tanto para la elaboración de los planes de desarrollo como en el presupuesto, conforme a los Artículos 53º y 97º de la misma Ley. Esto significa una nueva manera de elaborar los planes y presupuesto, a través de la participación directa de la población, quien define las prioridades y la distribución de los recursos. Esto exige previamente, el conocimiento de las medidas, debate y aprobación de los vecinos, en forma individual o colectiva; Que, el segundo párrafo del Artículo 10.1. del Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, establece "...Los Proyectos de inversión pública priorizados en el proceso y que constituyen parte del Acta de Acuerdos y Compromisos, deben ser incluidos en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda..."; Que, con Memorándum N° 969-2015-GPP-MSS la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; remite el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016, elaborado sobre las acciones desarrolladas conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 510-MSS del 16.03.2015, que aprueba el Reglamento para la Preparación, Convocatoria y Ejecución del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de Santiago de Surco, para el Año Fiscal 2016, así como la observancia de los lineamientos técnicos contenidos en el Instructivo N° 001-2010-EF/76.01 aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01; sustentando en el Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo, adjuntando además el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Año Fiscal 2016; a efectos que se formalice la presentación del mismo ante el Consejo de Coordinación Local Distrital y posteriormente al Concejo Municipal; Que, el Informe Final del Proceso de Presupuesto Participativo, contiene la relación de cinco (05) Proyectos Priorizados, por la suma de S/. 6'000,000.00 de Nuevos Soles, con cargo a los Rubros de Financiamiento Transferencias del Gobierno Nacional, Rubro 7 Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN, la suma de S/. 5'017,688.00 de Nuevos Soles, por Recursos determinados el Rubro 08 Impuestos Municipales la suma de S/. 861,409.00 de Nuevos Soles, por recursos determinados el Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones la suma de S/. 120,903.00 de Nuevos Soles, Que, mediante Informe Nº 1209-2015-GAJ-MSS del 17.12.2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera procedente elevar al Concejo Municipal el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2016, a efectos de que conforme a

las facultades establecidas en el Artículo 9º numeral 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con el quórum correspondiente se apruebe el Informe Final de Resultados del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año Fiscal 2016, de la Municipalidad de Santiago de Surco, emitiendo el respectivo Acuerdo de Concejo, conforme lo establece el Artículo 41º de la norma acotada; Que, con Informe Nº 02-2015-CCLD-MSS del 16.12.2015, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación Local Distrital, remite el Acuerdo N° 02-2015-CCLD-MSS del 16.12.2015, Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fiscal 2016, para la prosecución del trámite de aprobación del Concejo Municipal; Estando al Acuerdo N° 002-2015-CCLD-MSS del Consejo de Coordinación Local Distrital, al Informe Nº 1209-2015-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º, numerales 8) y 35), 39º primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el Informe Final del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados Año Fiscal 2016, de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, fijado en la suma de S/ 6'000,000.00 de Soles, con cargo a los Rubros de Financiamiento Transferencias del Gobierno Nacional, Rubro 7 Fondo de Compensación Municipal - FONCOMUN, la suma de S/. 5'017,688.00 de Soles, por Recursos determinados el Rubro 08 Impuestos Municipales la suma de S/. 861,409.00 de Soles, por recursos determinados el Rubro 18 Canon y Sobrecanon, Regalías, Rentas de Aduanas y Participaciones la suma de S/. 120,903.00 de soles, que serán destinados a la ejecución de cinco (05) proyectos, aprobados por los Agentes Participantes, presupuesto que deberá ser incluido en el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al año 2016. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General remitir copia del presente Acuerdo y sus antecedentes a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión del presente Acuerdo, a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, el día de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1326469-1

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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