Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2015 (23/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Miércoles 23 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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nombramiento de hasta el 20% de la PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto legislativo Nº 1153 de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales; Que, en ese contexto normativo, mediante Decreto Supremo Nº 034-2014-SA se aprueba los "Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, bajo el amparo de la Ley Nº 30114"; asimismo, se aprueba el "Instructivo para el proceso de nombramiento del personal de la salud 2014" mediante Resolución Ministerial Nº 871-2014/MINSA; Que, mediante dichos documentos se dispone: i) autorizar a las entidades o pliegos presupuestales( Gobiernos Regionales) la creación de cargos, así como de plazas para el nombramiento del personal salud, a fin de garantizar el nombramiento, las entidades o pliegos presupuestales (Gobierno Regionales), paralelamente deberán aprobar su Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP - P), iii.-) los titulares de los Pliegos Gobiernos Regionales a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, consolidarán el proyecto de CAP-P en lo que corresponda, iv.-) una vez aprobado el CAP-P por Ordenanza Regional, la máxima autoridad administrativa de la entidad de nivel regional o local deberá remitir una copia del mismo a SERVIR y al Ministerio de Salud; Que, los CAPs-Ps propuestos por la Red de Salud Huánuco, Red de Salud Dos de Mayo, Red de Salud Leoncio Prado y Red de Salud Huamalíes; ha sido elaborados con los criterios de racionalización y tiene por finalidad validar el proceso de nombramiento. Asimismo, han sido evaluados por la Oficina de Recursos humanos, y del Área de Racionalización de las Unidades Ejecutoras implicadas como antecedente y cumpliendo los requisitos establecidos por la normatividad vigente; Que, los Documentos de Gestión Cuadro para Asignación del Personal Provisional CAP-P de la Red de Salud Huánuco, Red de Salud Dos de Mayo, Red de Salud Leoncio Prado y Red de Salud Huamalíes, han sido formulados y evaluados por la Dirección Regional de Salud Huánuco, siendo el órgano Normativo y en cumplimiento a la RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 304-2015-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -- CPE", así como los Anexos 1, 2, 3, 4 y 5 que forman parte de la presente Resolución, de igual manera formaliza dejar sin efecto la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades" así como sus Anexos, y modificatoria; y, en consecuencia deja sin efecto las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 152 y 234-2014-SERVIR-PE"; Que, contando con el Dictamen Nº 062-2015-GRHCOCR/CP-PPAT y AL de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, luego de analizado, informe Nº 069-2015-SERVIR/GDSRH, en respuesta al Oficio Nº 247-2015-GRHCO/GGR y Informe Nº 909-2015-GRH/ ORAJ de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica, emiten opinión favorable para la emisión de la Ordenanza Regional; Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que las ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencias; así como el literal a) del Artículo 15º de la citada Ley, señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los Artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional:

APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL (CAP-P) DE LAS REDES DE SALUD DE HUÁNUCO, LEONCIO PRADO, HUAMALÍES Y DOS DE MAYO JURISDICCIÓN DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD HUÁNUCO DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO Artículo Primero.- APROBAR, la modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP P de las Unidades Ejecutoras: 403 ­ RED DE SALUD LEONCIO PRADO, 404 - RED DE SALUD HUANUCO, 405 ­ RED DE SALUD HUAMALIES y 406 ­ RED SALUD DOS DE MAYO, para nombramiento de profesionales de la Salud, Técnicos y Auxiliares Asistenciales, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por el órgano ejecutivo del Gobierno Regional, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, la Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia Regional de Desarrollo Social y Dirección Regional de Salud de Huánuco la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Dirección Regional de Salud Huánuco, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el numeral 5, 5.5.2 y 5.7 de la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSG aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 152-2014-SERVIR/PE, el cual determina que será publicada en el Diario Oficial El Peruano, asimismo el formato CAP y la ordenanza de aprobación se efectuará en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y en la web institucional: www.regiónhuanuco.gob. pe. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario oficial El Peruano y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 17 días del mes de 3 de diciembre del año dos mil quince. FORTUNATO MÁXIMO MAYO ADVÍNCULA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 18 días del mes de diciembre del dos mil quince. RUBÉN ALVA OCHOA Gobernador Regional 1326285-1

GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN
Declaran de Interés Público Regional la elaboración y aprobación del Plan Regional para la Prevención y Erradicación del Trabajo de Niños, Niñas y Adolescentes
ORDENANZA REGIONAL Nº 217-GRJ/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN POR CUANTO: El Consejo Regional de Junín en Sesión Ordinaria celebrada a los 20 días del mes de Octubre de 2015,

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