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573799 NORMAS LEGALES Jueves 31 de diciembre de 2015 El Peruano / Establecen nuevos plazos para el uso de sistemas informáticos que emiten tickets y la presentación del Formulario N° 846 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 362-2015/SUNAT Lima, 29 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que el inciso f) del artículo 3º del Decreto Ley N.° 25632 y normas modi fi catorias, Ley Marco de Comprobantes de Pago, establece que la SUNAT señalará los mecanismos de control para la emisión o utilización de comprobantes de pago, incluyendo la determinación de los sujetos que deberán o podrán utilizar la emisión electrónica; Que mediante el artículo único de la Resolución de Superintendencia N.° 382-2014/SUNAT se autorizó, hasta el 31 de diciembre de 2015, el uso de sistemas informáticos para la emisión de tickets, incluso de aquellos aplicativos informáticos que hubieran sido declarados como máquinas registradoras, y se estableció que dicha autorización surtiría efecto siempre que, hasta el 30 de junio de 2015, los usuarios de tales sistemas presenten el Formulario N.° 845 ante los Centros de Servicios al Contribuyente o dependencias de la SUNAT o a través de SUNAT Operaciones en Línea;Que es conveniente establecer nuevos plazos para el uso de los mencionados sistemas informáticos, así como para la presentación del Formulario N.° 845; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modi fi catorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario debido a que se limita a autorizar para la emisión de comprobantes de pago, un sistema que se autorizó desde el año 2006 a la fecha, sin cambios; En uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N.° 25632 y normas modi fi catorias; el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT y normas modi fi catorias; el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modi fi catoria y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y normas modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- ESTABLECIMIENTO DE PLAZOS PARA EL USO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS QUE EMITEN TICKETS Y LA PRESENTACIÓN DEL FOMULARIO N.° 845MES AL QUE CORRESPONDE LA OBLIGACIÓN (* ) ENERO 2016 15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016 FEBRERO 2016 15-agosto-2016 16-agosto-2016 17-agosto-2016 10-agosto-2016 11-agosto-2016 12-agosto-2016 MARZO 2016 15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016 ABRIL 2016 15-septiembre-2016 16-septiembre-2016 19-septiembre-2016 12-septiembre-2016 13-septiembre-2016 14-septiembre-2016 MAYO 2016 17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016 JUNIO 2016 17-octubre-2016 18-octubre-2016 19-octubre-2016 12-octubre-2016 13-octubre-2016 14-octubre-2016 JULIO 2016 16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016 AGOSTO 2016 16-noviembre-2016 17-noviembre-2016 18-noviembre-2016 11-noviembre-2016 14-noviembre-2016 15-noviembre-2016 SEPTIEMBRE 2016 16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016 OCTUBRE 2016 16-diciembre-2016 19-diciembre-2016 20-diciembre-2016 13-diciembre-2016 14-diciembre-2016 15-diciembre-2016 NOVIEMBRE 201 6 16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017 DICIEMBRE 201 6 16-enero-2017 17-enero-2017 18-enero-2017 11-enero-2017 12-enero-2017 13-enero-2017 NOTA : A PARTIR DE LA SEGUNDA COLUMNA, EN CADA CASILLA SE INDICA: EN LA PARTE SUPERIOR EL ÚLTIMO DÍGITO DEL NÚMERO DE RUC, Y EN LA PARTE INFERIOR EL DÍA CALENDARIO CORRESPONDIENTE AL VENCIMIENTO (*) En el caso del Registro de Compras se refiere al Mes al que corresponde el registro de operaciones según las normas de la materia. En el caso del Registro de Ventas e Ingresos se refiere al Mes en que se emite el comprobante de pago respectivo8 y 90 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 78 y 90 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 78 y 90 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 78 y 90 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 78 y 90 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 78 y 9REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES ( RUC ) 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7 8 y 9 0 1 2 y 3 4 y 5 6 y 7FECHA MÁXIMO DE ATRASO SEGÚN EL ÚLTIMO DÍGITO DELANEXO N° 4 CRONOGRAMA TIPO B FECHA MÁXIMA DE ATRASO DEL REGISTRO DE COMPRAS Y DEL REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS (SEA GENERADO MEDIANTE EL SLE-PLE O EL SLE-PORTAL) Aplicable para contribuyentes obligados a llevar sus libros en forma electrónica a partir del año 2016 ENERO A DICIEMBRE 2016 1328652-1