Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 249

El Peruano / Jueves 31 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana para el ejercicio 2016, que en Anexo 2 forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- Facultar al Alcalde de la Municipalidad de Puente Piedra, para que dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia a partir 1 de enero del año 2016, previa publicación en el Diario Oficial "El Peruano", y del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprueba su ratificación. Asimismo será publicada en la página web de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra www. munipuentepiedra.gob.pe y en la página web del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima www.sat.gob.pe.

Artículo Sexto.- Derogar la Ordenanza Nº 270MDPP, y toda norma municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal, en todos sus extremos. Artículo Sétimo.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Subgerencia de Recaudación, Registro y Orientación Tributaria, Gerencia de Administración Tributaria. Artículo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria que remita la presente Ordenanza para su trámite de ratificación a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde

ANEXO 1
ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA PARA EL AÑO 2016 CONCEPTO COSTOS DIRECTOS COSTO DE MANO DE OBRA Personal CAS Coordinador Técnico tributario Programador OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES Servicios de terceros Servicio de impresión de cuponera Servicio de distribución de cuponeras COSTO TOTAL CANTIDAD UNIDAD DE MEDIDA COSTO UNITARIO (S/.) % DE DEDICACIÓN COSTO MENSUAL (S/.) 273,951.39 16,209.15 16,209.15 1,858.45 7,033.80 7,316.90 257,742.24 1 81,564 Servicio Servicio 159,865.44 1.20 100% 100% 159,865.44 97,876.80 273,951.39

1 4 2

Persona Persona Persona

1,858.45 1,758.45 3,658.45

100% 100% 100%

* Dicha estructura se ha llevado a cabo en un tiempo de duración de un mes

ANEXO 2 DERECHO DE EMISIÓN POR CUPONERA Servicio Emisión mecanizada - Carpeta Estándar TOTAL ESTIMACION DE INGRESOS Nº de Contribuyentes Derecho de Emisión (a) (b) Emisión mecanizada - Carpeta estándar 81,564 S/. 3.30 Servicio Estimación de Costo del Servicio % de Ingresos recuperación (c)=(b)*(a) (e) (f)=(d)/(e) S/. 269,161.20 S/. 273,951.39 98.25% Nº de Contribuyentes (a) 81,564 81,564 Costo del Servicio (b) S/. 273,951.39 S/. 273,951.39 Costo de emisión (c)=(b)/(a) S/. 3.36 S/. 3.36 Derecho de emisión S/. 3.30 S/. 3.30

INFORME TECNICO SUSTENTATORIO 1. Aspectos Generales Considerando que el artículo 14º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece que la actualización de valores de los predios, por parte de la Municipalidad, sustituye la obligación de presentar la declaración jurada anual, se ha determinado el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución de impuesto predial y arbitrios municipales para el periodo 2016, que comprende el costo de impresión de formatos, habilitación de cuponeras, escaneo y sistematización de los cargos de cuponeras. Asimismo, la Cuarta Disposición Transitoria Final del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de enero de cada ejercicio. 2. Proceso de emisión mecanizada Para el proceso de emisión mecanizada se desarrollarán tres etapas: a. Actualización de datos: En esta etapa se procederá a la depuración de datos, actualización de los datos componentes del impuesto predial y arbitrios municipales y programación del aplicativo de emisión. Esta etapa se realizará de manera directa con personal de la municipalidad.

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