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El Peruano Sábado 3 de enero de 2015 543940 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a nueve países de América del Sur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Uruguay), más Costa Rica, Cuba, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua y Panamá, con la fi nalidad de combatir el lavado de activos y el fi nanciamiento del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros; Que, el GAFILAT organiza y canaliza actividades de capacitación para sus miembros y realiza periódicamente Evaluaciones Mutuas a los mismos, sobre el nivel de cumplimiento efectivo de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a la señora Verónica Boza Santaolalla, Coordinador Ejecutivo de Análisis Estratégico del Departamento de Análisis Estratégico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, para que participe en el citado evento, como parte del equipo de evaluación; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS Nº 8526-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS- DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora Verónica Boza Santaolalla, Coordinador Ejecutivo de Análisis Estratégico del Departamento de Análisis Estratégico de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú de la SBS, del 18 al 31 de enero de 2015, a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 1 139,16 Viáticos US$ 4 095,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1183955-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Autorizan el inicio y desarrollo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 ORDENANZA REGIONAL Nº 0011-2014-GORE-ICA Ica, 17 de diciembre de 2014 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Ordinaria del día 10 de diciembre de 2014. Visto el Ofi cio Nº 627-2014-GORE-ICA-PR-GRPPAT/SGPAT, de fecha 03 de diciembre de 2014, por el que solicita se apruebe la autorización para el “Inicio e Implementación del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año fi scal 2016. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 191º y 192º inc. 6), establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y promueven el desarrollo y la economía regional fomentando las inversiones activas y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes locales de desarrollo, por tanto competentes para dictar normas inherentes a la gestión regional y ejercer las atribuciones a su función conforme a ley. Que, según lo previsto por el artículo 32º de la Ley Nº 27867, la gestión del Gobierno Regional, se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado Regional de mediano y largo plazo, el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, en concordancia con las políticas nacionales y en cumplimiento al ordenamiento jurídico vigente. Que, la Ley Nº 28056-Ley Marco del Presupuesto Participativo modifi cada mediante Ley Nº 29298 y su Reglamento, aprobada por Decreto Supremo Nº 142- 2009-EF, se establece que el proceso de presupuesto participativo es un mecanismo que fortalece las relaciones Estado - Sociedad, en las que se recogen las aspiraciones y necesidades de la Sociedad, se defi nen las prioridades sobre las acciones y proyectos a implementar, generando compromisos de los agentes participantes para la consecución de los objetivos estratégicos, los mismos que requieren su regulación del presupuesto participativo para el año fi scal 2016. Que, mediante Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, y sus modifi catorias, se precisan los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el presupuesto participativo, estableciendo los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución, a ser considerados por los gobiernos regionales y gobiernos locales en sus respectivos presupuestos participativos; razón por la cual de manera anticipada se ha realizado acciones de coordinación con los equipos técnicos de las municipalidades provinciales de Nazca, Palpa, Ica, Pisco y Chincha, en el mes de noviembre del 2014 conforme fl uyen las actas correspondientes. Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0628-2010-GORE-ICA/PR de fecha 20 Diciembre de 2010,