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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015 544166 la Segunda Disposición Final del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, norma que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, y modifi catorias, hasta el mes de junio de 2015, de acuerdo a lo siguiente: - La actualización de la Banda de Precios Objetivo del GLP envasado será equivalente a quince por ciento (15%) de variación en el precio fi nal al consumidor de este producto. - La actualización de la Banda de Precios Objetivo del Diésel BX destinado al uso vehicular será equivalente a diecisiete por ciento (17%) de variación en el precio fi nal al consumidor de este producto. - La actualización de la Banda de Precios Objetivo del Diésel BX destinado a las actividades de generación eléctrica en sistemas aislados será equivalente a diecisiete por ciento (17%) de variación en el precio fi nal al consumidor de este producto. - La actualización de la Banda de Precios Objetivo del Petróleo Industrial N° 6 destinado a las actividades de generación eléctrica en sistemas aislados será equivalente a diecinueve por ciento (19%) de variación en el precio fi nal al consumidor de este producto. - En caso la diferencia entre el Precio de Paridad de Importación o el Precio de Paridad de Exportación, según corresponda, y el Límite Superior de la Banda sea positivo, no se realizarán actualizaciones, manteniendo en vigencia la última actualización de la Banda de Precios y Márgenes Comerciales. Artículo 2º.- Actualización de la Banda de Precios Objetivo La siguiente actualización de la Banda de Precios Objetivo a la que se refi ere el artículo 1 del presente Decreto de Urgencia se efectuará dentro de los siguientes tres (3) días hábiles de su entrada en vigencia. En consecuencia, los Márgenes Comerciales y las Bandas de Precios deberán ser aprobadas por Resolución de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 010-2004, sus normas modifi catorias, reglamentarias y complementarias. Las actualizaciones posteriores que se realicen de acuerdo a lo establecido en el artículo 1, de corresponder, se efectuarán el último día jueves de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2015. La última actualización que se efectúe en cumplimiento de lo dispuesto en la presente norma mantendrá vigencia hasta la siguiente actualización que se efectúe en aplicación del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. Artículo 3º.- Norma derogatoria Deróganse los artículos 5 y 6 del Decreto de Urgencia Nº 005-2014. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Energía y Minas y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de enero del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas 1185558-1 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Dan por concluida designación de Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2015-PCM Lima, 7 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 411-2012-PCM se designó al señor Víctor Manuel Gómez Rodríguez, como Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI; Que, por necesidad del servicio, resulta pertinente dar por concluida dicha designación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, y; Estando a lo acordado. SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Víctor Manuel Gómez Rodríguez, como Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1185558-3 Designan Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2015-PCM Lima, 7 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los artículos 19 y 21 y la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1141, Decreto Legislativo de Fortalecimiento y Modernización del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA y de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, el titular de la Dirección Nacional de Inteligencia es el Director de Inteligencia Nacional, quien es designado por el Presidente de la República mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, encontrándose vacante el cargo público de confi anza de Director de Inteligencia Nacional de la Dirección Nacional de Inteligencia - DINI, resulta pertinente designar al funcionario que desempeñará dicho cargo;