Norma Legal Oficial del día 08 de enero del año 2015 (08/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015

EDUCACION
Constituyen la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL N° 017-2015-MINEDU MORDAZA, 7 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad academica orientada a la investigacion y a la docencia, que brinda una formacion humanista, cientifica y tecnologica con una MORDAZA conciencia de nuestro MORDAZA como realidad multicultural. Adopta el concepto de educacion como derecho fundamental y servicio publico esencial, y esta integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades publicas son personas juridicas de derecho publico. Asimismo el articulo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomia universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitucion, la Ley y demas normativa aplicable, y se manifiesta en los regimenes normativo, de gobierno, academico, administrativo y economico; Que, mediante la Ley N° 28520 se creo la Universidad Nacional de MORDAZA, como persona juridica de derecho publico interno, con sede en la MORDAZA de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua. Asimismo, la Tercera Disposicion Transitoria de dicha Ley establece que el Poder Ejecutivo designara la Comision encargada de elaborar el Proyecto de Desarrollo Institucional de la referida Universidad, en coordinacion con el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) e instituciones afines; Que, mediante Resolucion Suprema N° 021-2005-ED se designo la Comision a que se hace referencia en el parrafo precedente. Asimismo, mediante Resolucion N° 336-2007-CONAFU, se otorgo a la referida Universidad la autorizacion de funcionamiento provisional, para brindar servicios educativos de nivel universitario; Que, el articulo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creacion de una universidad publica, el Ministerio de Educacion constituye una Comision Organizadora integrada por tres (3) academicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como minimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobacion del estatuto, reglamentos y documentos de gestion academica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, asi como su conduccion y direccion hasta que se constituyan los organos de gobierno que le correspondan; Que, mediante Informe N° 202-2014-MINEDU/VMGPDIGESUTP, la Direccion General de Educacion Superior y Tecnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestion Pedagogica, manifiesta que recibidas las propuestas se identificaron a los profesionales candidatos para integrar la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA, habiendo seleccionado a tres personas que cumplen con los requisitos para desempenarse como miembros de dicha Comision; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; y la Ley N° 28520, Ley de creacion de la Universidad Nacional de Moquegua; SE RESUELVE: Articulo 1.- Constituir la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de MORDAZA, la misma que estara integrada por: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente;

- MORDAZA MORDAZA ISIQUE MORDAZA, Vicepresidente Academico; y - MORDAZA MORDAZA JHONCON KOOYIP, Vicepresidente de Investigacion. Articulo 2.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion 1185528-1

Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios y en la Secretaria General del Ministerio de Educacion, durante el Ano Fiscal 2015
RESOLUCION MINISTERIAL N° 021-2015-MINEDU MORDAZA, 7 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 8 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, dispone que el Ministro de Educacion es la MORDAZA autoridad del Sector Educacion y titular del pliego presupuestal. Asimismo, el articulo 11 de dicha MORDAZA establece que la Secretaria General es el organo responsable de los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contabilidad, Tesoreria y Recursos Humanos, asi como de asesorar e informar en materia de legislacion, sobre la correcta aplicacion de las disposiciones legales y reglamentarias del Sector y de la administracion interna del Pliego Presupuestal del Ministerio de Educacion; Que, el articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion, siempre que la normatividad lo autorice; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece normas fundamentales que rigen las distintas fases del MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Estado; Que, el numeral 40.2 del articulo 40 del referido Texto Unico Ordenado preve que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad mediante disposicion expresa, que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2015 y la Directiva Nº 005-2010EF/76.01, Directiva para la Ejecucion Presupuestaria, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 030-2010EF-76.01 y sus modificatorias, establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2015; Que, de acuerdo con el articulo 6 de la Ley N° 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, la Unidad Ejecutora constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades y organismos del Sector Publico, con el cual se vinculan e interactuan los organos rectores de la Administracion Financiera del Sector Publico; entendiendose la misma como aquella dependencia organica que cuenta con un nivel de desconcentracion administrativa que, entre otros, contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislacion aplicable;

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