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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015 544183 Artículo 4.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: a)En materia de Contrataciones del Estado y bienes muebles de propiedad estatal, respecto de las Unidades Ejecutoras 024 – Sede Central y 026 – Programa de Educación Básica para Todos: - Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones – PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. - Aprobar el proceso de estandarización de bienes y servicios - Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes de procesos de selección, así como modifi car su composición. - Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección convocados por el Ministerio de Educación y los que vayan a ser convocados por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo. - Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección en los que el Ministerio de Educación actúe como entidad encargada de compras corporativas. - Suscribir, modifi car y resolver convenios interinstitucionales para la realización de compras corporativas facultativas. - Aprobar las bases de procesos de selección que serán convocados por el Ministerio de Educación o por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo, así como las bases derivadas de exoneraciones autorizadas conforme a la normatividad vigente - Aprobar bases de procesos de selección en los que el Ministerio de Educación actúe como entidad encargada de compras corporativas. - Autorizar el otorgamiento de la Buena Pro cuando las propuestas económicas de los postores en los procesos de selección para la ejecución de obras, superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%) del mismo - Cancelar procesos de selección - Suscribir, modifi car y resolver contratos y contratos complementarios. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales en bienes y servicios, así como la reducción de prestaciones en bienes y servicios, y deductivos de obras. - Aprobar las ampliaciones de plazo en contratos de bienes, servicios y obras. - Aprobar solicitudes de adelantos presentados por los contratistas. - Aprobar las diferentes etapas de los procesos que de conformidad con los Manuales de Convenios Internacionales se deban ejecutar, suscribir los respectivos contratos, y establecer los procedimientos de verifi cación correspondientes. - Aprobar Expedientes Técnicos o Estudios Defi nitivos de Proyectos de Inversión Públicas. - Aprobar las intervenciones económicas de obra, así como designar los interventores de obra y emitir la resolución que modifi que la designación del interventor de obra, cuando sea necesario. - Suscripción de las Actas de Entrega y Recepción de Donaciones de bienes muebles, efectuadas por o a favor del Ministerio de Educación. - Aprobar los actos de adquisición, administración y disposición de los bienes muebles que correspondan al Ministerio de Educación, lo que incluye la suscripción de los documentos que sean necesarios para su formalización. b)En materia administrativa y de gestión, respecto de las Unidades Ejecutoras 024: Sede Central, 026: Programa de Educación Básica para Todos y 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos: - Aprobar directivas en materias de su competencia - Suscribir contratos bancarios y fi nancieros - Suscribir contratos de prestación de servicios públicos a favor del Ministerio de Educación, modifi carlos o resolverlos y efectuar cambio de titularidad de suministros de dichos servicios con las respectivas entidades prestadoras, de acuerdo con la normativa sobre la materia. - Representar al Ministerio de Educación ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), en todo tipo de trámite en materia tributaria, para realizar cualquier acto, procedimiento y/o actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de la gestión administrativa del Ministerio. - Representar al Ministerio de Educación para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación; y, en general emitir e implementar los actos u actuaciones que no sean privativas del Ministro, ante Gobiernos Regionales, Municipalidades Distritales y Provinciales, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN, el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN; la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento – SUNASS; Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, el Seguro Social de Salud – ESSALUD, las Administradoras de Fondos de Pensiones – AFP, Compañías de Seguros y Reaseguros, Notarios Públicos y Policía Nacional del Perú; así como, cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas. c)Sobre contratación de auditorías, de conformidad con el Reglamento de las Sociedades de Auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 063- 2007- CG: - Representar al Ministerio de Educación en la suscripción de contratos de auditoría con las sociedades de auditoría conformantes del Sistema Nacional de Control y sus modifi catorias. Artículo 5.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina de Administración de la Unidad Ejecutora 113: APROLAB II, durante el Año Fiscal 2015, respecto a los procesos que le correspondan, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Contrataciones del Estado y bienes muebles de propiedad estatal: - Las facultades señaladas en el literal a) del artículo 4 precedente que le resulten aplicables. Artículo 6.- Delegar en el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC - Unidad Ejecutora 117, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: a) En materia de becas y créditos educativos: - Suscribir y/o modifi car convenios o acuerdos e instrumentos de similar naturaleza, y sus respectivas adendas, referidos a becas y créditos educativos, así como todos aquellos instrumentos que resultasen necesarios para su implementación y ejecución. b) En materia de Contrataciones del Estado: - Resolver los recursos impugnativos interpuestos por los postores en el desarrollo de los procesos de selección que convoque el PRONABEC o que sean convocados por una entidad privada, nacional o internacional, con la cual se haya suscrito un convenio de encargo, siempre que corresponda a una Adjudicación de Menor Cuantía o una Adjudicación Directa Selectiva, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 104 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184- 2008- EF y modifi catorias. Artículo 7.- Delegar en el Jefe de la Ofi cina de Administración del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo – PRONABEC - Unidad Ejecutora 117, durante el Año Fiscal 2015, respecto a los procesos que le correspondan, las siguientes facultades y atribuciones: En materia de Contrataciones del Estado y bienes muebles de propiedad estatal: - Las facultades señaladas en el literal a) del artículo 4 precedente que le resulten aplicables.