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El Peruano Jueves 8 de enero de 2015 544171 CONSIDERANDO: Que, el artículo 2° de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, establece que es competencia del MINCETUR defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Economía y Finanzas y los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; asimismo, está encargado de la regulación del Comercio Exterior y en materia de turismo promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, a efectos de coadyuvar al logro de los fi nes antes señalados, el Despacho Ministerial requiere contar con el asesoramiento de personas que por sus méritos y trayectoria, se destacan en temas vinculados a las materias de competencia del Sector, por lo que resulta conveniente designarlos como asesores ad honorem; Que, el artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, señala que el Titular del Sector podrá contar con los asesores que considere conveniente designar; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Asesores Ad Honorem del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a las siguientes personas: - Sr. Pedro Carlos Olaechea Alvarez-Calderón - Sr. Francisco Antonio Gregorio Tudela van Breugel - Douglas - Sr. Oscar José Rivera Rivera - Sr. José Antonio García Miró Miró Quesada - Sr. Guillermo Guzmán-Barrón Escobedo Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1185125-1 CULTURA Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Semana Santa de Moche, del distrito de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 140-2014-VMPCIC-MC Lima, 31 de diciembre de 2014 Visto el Expediente Nº 009065-2014; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que es función del Estado la protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el numeral 2) del artículo 1 de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, establece que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley Nº 29565, establece que “es función exclusiva de esta entidad realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación”; Que, asimismo el artículo 14 de la Ley antes indicada, establece que el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus funciones la declaración, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Directiva Nº 001-2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y sus modifi catorias, establece el procedimiento para la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, con fecha 24 de febrero de 2014, el señor Elías Rodriguez Zavaleta, Congresista de la República, presentó el expediente mediante el cual solicitaba la declaratoria de la Semana Santa de Moche, como Patrimonio Cultural de la Nación, al amparo de las normas vigentes; Que, mediante Informe Nº 566-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el Informe Nº 512-2014-DPI-DGPC/MC emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, a través del cual se recomienda la declaratoria de la Semana Santa de Moche, como Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el distrito de Moche se ubica en la provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, a aproximadamente 7 km. de la ciudad de Trujillo. Los pobladores de esta región, marcada por la impronta de la cultura Moche y luego por la de la sociedad colonial, han mantenido una continuidad en el arraigo de la ritualidad. La fuerza de la antigua relación con lo sagrado se aprecia en sus restos arqueológicos, entre los que destacan la Huaca del Sol y la Huaca de la Luna, así como en las expresiones de su religiosidad contemporánea, siendo una de las más signifi cativas la Semana Santa, expresión del Cristianismo en la cual se recrea y rememora la pasión, muerte y resurrección de Jesucristo; Que, esta festividad tiene una duración de 10 días; se inicia el Viernes de Dolores y culmina el Domingo de Pascua o de Resurrección, siendo estos días para la población local momentos de meditación y recogimiento. La duración de esta celebración en Moche constituye un rasgo particular que la distingue de otras Semanas Santa, donde la celebración dura tan solo siete días, y da cuenta de la importancia que tiene la tradición ritual en este pueblo norteño. Otro de los elementos que sobresale en la Semana Santa de Moche es la tradicional sopa teóloga, plato emblemático de la provincia de Trujillo y singular de esta festividad, que consiste en un caldo espeso de pavo al cual se le pone pan picado remojado en leche, aceitunas, azafrán y manteca de pavo, y que va acompañado de huevo hervido, papas, una presa de gallina, una presa de carne de res y queso fresco. Algunos pobladores de Moche aseguran que su nombre se debe a que este fue un plato consumido en los conventos desde la época colonial. Durante la Semana Santa de Moche, es tradición que en la entrada de algunas casas del pueblo, se cuelgue un buche de pavo infl ado, en señal de que ahí se ha preparado la sopa teóloga y que se invitará a los devotos; Que, la Semana Santa de Moche se inicia el Viernes de Dolores, día en que se realiza una representación en la cual salen en procesión la imagen del Señor de las Caídas y la de la Virgen Dolorosa para realizar el llamado encuentro, rodeados de sus fi eles. El sábado por la noche se realiza la llamada huída del Señor de Ramos. La imagen sale de la iglesia principal de Moche sentada