Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2015 (10/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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c. Designar a los titulares y suplentes del manejo de cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras del Pliego 003: Ministerio de Cultura. d. Representar al Ministerio de Cultura ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse; y, en general, emitir e implementar los actos y actuaciones que no MORDAZA privativas del Titular de la Entidad conforme a la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; exceptuando las solicitudes, actos y traamites a realizarse ante la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­SUNARP. e. Suscribir la documentacion concerniente al MORDAZA para la contratacion de consultores del Ministerio de Cultura, a traves del Fondo de Apoyo Gerencial-FAG, tales como terminos de referencia, contrato de locacion de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650; asi como en los "Lineamientos para la Administracion del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico aprobado por Resolucion Ministerial N° 416-2014-EF/10. f. Otorgar garantias nominales a satisfaccion de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria-SUNAT, en forma solidaria, incondicional, indivisible, irrevocable y sin beneficio de excusion, con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras que originen instituciones publicas o privadas, para la importacion o internamiento temporal de obras de arte o bienes culturales que vayan a ser exhibidas en el Peru y otros bienes muebles que MORDAZA de importancia para el cumplimiento de las funciones y competencias asignadas al Ministerio de Cultura. 1.5 En materia de proyectos de inversion publica: Respecto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General a. Autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables. b. Aprobar el expediente tecnico o estudio definitivo y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables, previa opinion tecnica favorable del area correspondiente. Asimismo, las facultades MORDAZA mencionadas, dentro del ambito de sus competencias, se delegan en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MCCusco, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 005: NaylampLambayeque, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales. 1.6 En materia de convenios: Respecto del Pliego 003-Ministerio de Cultura a. Suscribir Convenios de Encargo de Gestion, de Cooperacion y/o Colaboracion Interinstitucional u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, asi como sus respectivas adendas; a excepcion de aquellos que se suscriban con los Poderes del Estado, Ministerios, Organismos Autonomos contemplados en la Constitucion Politica del Peru y con instituciones u organismos internacionales; asi como, los contemplados en el articulo 6 de la presente resolucion. b. Suscribir convenios que tengan por objeto exceptuar el pago por Derecho de Uso de espacios disponibles en los Museos y Sitios Arqueologicos, a excepcion de aquellos que se suscriban con instituciones u organismos internacionales. Articulo 2º.- Delegar en el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades: a. Suscribir cualquier convenio y/o contrato de comodato que tenga por objeto el prestamo en uso de bienes culturales muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion que se encuentran bajo custodia o administracion del Ministerio de Cultura, de forma temporal, a otra entidad publica o privada, nacional e internacional, con fines de exhibicion, difusion, preservacion o conservacion. b. Autorizar la exportacion de muestras arqueologicas, fragmentos o restos a que se refiere el articulo 59 del

El Peruano Sabado 10 de enero de 2015

Reglamento de la Ley N° 28296, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED. c. Resolver los recursos impugnatorios interpuestos contra las Resoluciones Directorales de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, en el ambito de suscompetencia. Articulo 3º.- Delegar en el funcionario responsable de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades correspondientes a la Unidad Ejecutora 001: Administracion General del Pliego 003: Ministerio de Cultura: 3.1 En materia de Contrataciones del Estado: a. Aprobar los expedientes de Contratacion para la realizacion de los procesos de seleccion incluyendo los provenientes de exoneraciones de procesos de seleccion. b. Aprobar la reserva del valor referencial en los procesos de seleccion. c. Aprobar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen eln valor referencial en procesos de seleccion para la ejecucion de obras, hasta el limite MORDAZA previsto por Ley. d. Aprobar la cancelacion de los procesos de seleccion. e. Aprobar las Bases de los procesos de seleccion, incluyendo los provenientes de exoneraciones de procesos de seleccion. f. Designar a los miembros de los Comites especiales, Comites Especiales Permanentes y Comites Especiales Ad Hoc. g. Autorizar la participacion de expertos independientes en los Comites Especiales. h. Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes y , servicios. i. Celebrar los contratos derivados de procesos de seleccion y de las exoneraciones, asi como suscribir adendas de modificacion, de corresponder. j. Resolver las solicitudes de ampliacion de plazo contractual. k. Aprobar las resoluciones de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, por el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista, asi como en otros previstos por Ley. l. Poner en conocimiento del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE los hechos producidos por proveedores, participantes, postores y contratista que pudieran dar lugar a la aplicacion de sanciones. m. Aprobar las liquidaciones de Contrato de Obra. n. Evaluar, observar y/o elaborar la liquidacion del contrato de obra; asi como aplicar las penalidades en el MORDAZA de aprobacion de las liquidaciones. Asimismo, las facultades MORDAZA mencionadas, dentro del ambito de sus competencias, se delegan en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MCCusco, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 005: NaylampLambayeque, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales. 3.2 En materia de bienes muebles e inmuebles: Respecto del Pliego 003- Ministerio de Cultura a. Suscribir los contratos y sus respectivas adendas sobre derecho de uso a favor de terceros de los auditorios, MORDAZA y demas ambientes fisicos a cargo del Ministerio de Cultura, de acuerdo a la normatividad interna vigente. b. Realizar todo MORDAZA de solicitudes, actos y tramites ante la Superintendencia Nacional de Registros Publicos ­ SUNARP destinados a inscribir, oponerse a la inscripcion o, en general, cualquier otro MORDAZA de actuaciones destinadas al registro de derechos reales del Ministerio de Cultura sobre bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho u acto susceptible de inscripcion; incluyendo la modificacion y rectificacion de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. 3.3 En el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP: Respecto de la Unidad Ejecutora 001Administracion General a. Elaborar el Informe de cierre del Proyecto de Inversion Publica y las demas que senale el articulo 10

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