Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2015 (10/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Sabado 10 de enero de 2015

544479

CULTURA
Delegan facultades en la Secretaria General, Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias y diversos funcionarios durante el Ano Fiscal 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2015-MC MORDAZA, 8 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29565 se creo el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personeria juridica de derecho publico, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, el ultimo parrafo del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estados pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no MORDAZA privativas de su funcion y siempre que la normatividad lo autorice; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 del Texto unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuanado lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del articulo 40 de la MORDAZA ley senalada en el considerando precedente, se establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la entidad; pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, a traves de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se establecen normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2015; Que, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modificatorias, establecen disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras y regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5 de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que la presente citada MORDAZA le otorga; no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, se establece un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del ejercicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, teniendo en consideracion las normas citadas en los considerandos precedentes y con el proposito de lograr una mayor fluidez ena la marcha administrativa del Ministerio de Cultura, es conveniente delegar las facultades que no MORDAZA privativas a la funcion de la Ministra de Cultura; asi como las facultades y atribuciones administrativas de gestion y resolucion que no MORDAZA propias de dicho cargo, durante el Ano Fiscal 2015; Con el visado de la Viceministra de Interculturalidad encargada del Viceministerio de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales, de la Secretaria General, de la Directora General (e) de la Direccion General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en la Secretaria General del Ministerio de Cultura, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades: 1.1 En Materia Presupuestaria: Respecto del Pliego 003: Ministerio de Cultura a. Aprobar todo documento de caracter normativo que permita que la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del ejercicio 2015, pudiendo dictar, medidas complementarias que resulten necesarias, a excepcion de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administracion o a la que haga sus veces en las Unidades Ejecutoras del Pliego 003 : Ministerio de Cultura, conforme a normatividad vigente. b. Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 003: Ministerio de Cultura, debidamente sustentadas por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria. c. Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Cultura y sus respectivas modificatorias. d. Autorizar las transferencias financieras al Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo CAFAE de la entidad. 1.2 En materia de Contrataciones del Estado: Respecto de la Unidad Ejecutora 001 a. Resolver los recursos de apelacion interpuestos en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, realizados en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017 modificada por la Ley N° 29873, y en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF, modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF. b. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, asi como sus modificatorias. c. Autorizar los procesos de estandarizacion. d. Conformar los Comites o Comisiones encargadas de la entrega de terreno y recepcion de obras realizadas en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1017 modificada por la Ley N° 29873 y en el Reglamento de la Ley N° 184-2008-EF, modificada por Decreto Supremo N° 138-2012-EF. Asimismo, las facultades MORDAZA mencionadas, dentro del ambito de sus competencias, se delegan en los jefes y/o responsables de las Unidades Ejecutoras 002: MCCusco, 003: MORDAZA Arqueologica Caral, 005: NaylampLambayeque, 006: Complejo Arqueologico de Chan Chan, 007: Marcahuamachuco y 008: Proyectos Especiales. 1.3 En materia de Procedimientos Administrativos Disciplinarios: Respecto del Pliego 003- Ministerio de Cultura a. Instaurar los procedimientos administrativos disciplinarios a los funcionarios y servidores civiles en el MORDAZA de la Ley N° 30057 y su reglamento, cuando el Titular de la entidad actue en calidad de organo instructor. 1.4 En materia de acciones administrativas: Respecto del Pliego 003-Ministerio de Cultura a. Suscribir contratos de auditoria externa para la Entidad. b. Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.