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El Peruano Jueves 15 de enero de 2015 544787 y lucha contra la corrupción, con efi ciencia y efi cacia, supervisando la conducta de los magistrados y auxiliares jurisdiccionales, asegurando el cumplimiento oportuno, correcto, trasparente y con probidad, de las funciones y labores jurisdiccionales que la Constitución y la Ley les impone y les faculta. Segundo: De conformidad con lo señalado en el artículo 13° numeral 2) del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Ofi cina de Control de la Magistratura (OCMA), aprobado por Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre del 2012 y publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 29 de diciembre del 2012; es función de la Jefatura de las ODECMAS programar las visitas judiciales ordinarias y extraordinarias en las diferentes dependencias jurisdiccionales en la oportunidad que se considere conveniente, dando cuenta a la Jefatura de la OCMA. Tercero: Que, la Jefatura Suprema de Control del Poder Judicial, expide la Resolución de Jefatura N° 034-2012-J-OCMA/PJ, de fecha 21 de marzo del 2012, siendo que en su tercer considerando dispone: “Esta Ofi cina de Control, ha tomado conocimiento de las informaciones estadísticas del MIMDES sobre Violencia Familiar, casos de Feminicidio, Infanticidio, situación de los Centros Juveniles y del trámite de los procesos de adolescentes infractores a la ley penal, haciéndose mención que dicha problemática estaría vinculada a supuestos retardos o negligencias de parte de nuestra institución por el hecho que se producen incidentes en momentos que son materia de controversia dentro de un proceso judicial” ordenando que los Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura - ODECMAS de las Cortes Superiores de Justicia del país, realicen un control periódico mensual y hasta por tres meses, a los órganos jurisdiccionales que tramitan procesos en materia de familia y aquellos que comprenden a niños, niñas y adolescentes, a efectos de verifi car el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño y normas nacionales que correspondan, así como aquellas relativas a adolescentes infractores a la ley penal, debiendo proceder al seguimiento y supervisión de medidas de protección adecuadas, así como de las defi ciencias y sugerencias que puedan haber, informando de ello a la Unidad de Visitas y Prevención de la OCMA sobre dichas acciones de control. Cuarto: Que, mediante Resolución de Jefatura N° 008-2013-J-OCMA/PJ, de fecha 10 de enero del 2013, suscrito por la señora Jueza Suprema Ana María Aranda Rodríguez, Jefa de la Ofi cina de Control de la Magistratura, resolvió disponer que los Jefes de las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país, promuevan las visitas judiciales extraordinarias a los Juzgados Especializados en Familia o Mixtos de sus respectivos Distritos Judiciales, con el fi n de evaluar la conducta funcional del Magistrado y Auxiliares Jurisdiccionales en relación al trámite de los procesos judiciales en los cuales se encuentren implicados adolescentes infractores a la ley penal a fi n de determinar si se encuentran aplicando las normas nacionales e internacionales relativas a los mismos y si proceden conforme al debido proceso evitando la dilación en la tramitación de los mismos, dando cumplimiento a los plazos legales establecidos, así como al dictado de medidas socioeducativas de internación (artículo 235° y siguientes del Código del Niño y Adolescentes) que conllevan a su tratamiento y observación ulterior en la ejecución de las resoluciones judiciales dictadas, con revisión de expedientes, recabando información que resulte necesaria, y demás procedimientos administrativos que considere pertinente. Quinto: En ese contexto, estando a la disposición de la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, y en cumplimiento de la normatividad descrita en el segundo y tercer considerando de la presente resolución, corresponde a esta Jefatura PROMOVER las visitas judiciales extraordinarias inopinadas en cada uno de los Juzgados Especializados de Familia Penal de esta Corte Superior de Justicia del Callao. Asimismo, dentro del Plan de Gestión de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, propuesto para el período 2015 - 2016, que tiene como uno de sus objetivos generales combatir con efi ciencia y efi cacia la conducta irregular en la tramitación de los procesos judiciales, y como uno de sus objetivos específi cos contribuir a la efectividad de la justicia, con calidad en las decisiones judiciales dictadas con congruencia y fundadas en derecho, dentro del cual se prevee impulsar las visitas judiciales extraordinarias como parte del proceso de supervisión permanente del desempeño de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, observando los plazos legales para evitar las prescripciones de los procesos penales y los procesos de adolescentes infractores por motivo de morosidad judicial, lo cual genera un mensaje de impunidad y rechazo en la ciudadanía. Por tales consideraciones, de conformidad con el artículo 90° inciso 2, del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado por Resolución Administrativa N° 129-2009-CE-PJ, de fecha 23 de abril del 2009; y, estando a las facultades conferidas por el numeral 2) del artículo 13° del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado por Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre del 2012, SE RESUELVE: Primero: REALIZAR EN FORMA INOPINADA las Visitas Judiciales Extraordinarias al Tercero, Cuarto y Quinto Juzgados Especializados de Familia de esta Corte Superior de Justicia del Callao, como control preventivo, a fi n de verifi car el cumplimiento de la Convención de los Derechos del Niño y normas nacionales que correspondan, conforme fue dispuesto por la Resolución de Jefatura N° 034-2012-J-OCMA/PJ, de fecha 21 de marzo del 2012 y Resolución de Jefatura N° 008-2013-J- OCMA/PJ, de fecha 10 de enero del 2013; observando la resolución de los casos dentro de los plazos legales que evitarán la prescripción de los procesos de adolescentes infractores, y tomar nota de las defi ciencias adoptadas en la tramitación de dichos expedientes. Segundo: Requerir INFORME a los citados Órganos Jurisdiccionales de los expedientes en trámite referidos a infracción a la Ley Penal, precisando el número de expedientes, número de las partes, inicio del proceso, estado del proceso, la cual será remitida a la Unidad de Investigaciones y Visitas de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, al quinto día de notifi cada la presente Resolución. Tercero: DESIGNAR a los Magistrados de la Unidad de Investigaciones y Visitas, para los fines del cumplimiento de la presente resolución, debiendo contar con el apoyo de los asistentes asignados a dicha Unidad, los que al término de la labor contralora en mención, emitirán el informe correspondiente, elaborando estadísticas correspondientes, en búsqueda de la línea de base, con observancia a lo dispuesto en el artículo 51° del Reglamento de Organización y Funciones de la OCMA, aprobado por Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, de fecha 12 de noviembre del 2012 . Cuarto: SOLICITAR a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, disponga la publicación de la presente resolución, en el Diario Oficial “El Peruano”; asimismo, disponga que la Administración Distrital otorgue el apoyo logístico necesario, para el desarrollo de las Visitas Judiciales Extraordinarias ordenadas. Quinto: PONER en conocimiento de la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, Magistrados de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas, la Gerencia de Administración de esta Corte Superior de Justicia, la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional de esta Corte Superior y del Tercero, Cuarto y Quinto Juzgados Especializados de Familia de esta Corte Superior de Justicia del Callao, citados en la presente resolución. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.- VÍCTOR ROBERTO OBANDO BLANCO Juez Superior Titular Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao 1188583-1