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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2015 (15/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

El Peruano Jueves 15 de enero de 2015 544778 Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; y Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el diario ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre del año 2014, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (www. ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. V. MAURICIO MARIN APONTE Director Ofi cina de Asesoría Jurídica INGEMMET 1187524-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan responsables titular y alterno de brindar información de acceso público correspondiente al OTASS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2015-OTASS/DE Lima, 14 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, como Organismo Público Técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa con competencia a nivel nacional; el cual desarrolla su objeto en concordancia con la política general, objetivos, planes y programas del sector saneamiento y en coordinación con el ente rector; Que, con el Decreto Supremo N° 015-2013- VIVIENDA se aprobó el Reglamento de la Ley N° 30045, que establece, entre otros, la naturaleza, el ámbito de competencia, la organización y las funciones generales y específi cas del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, tiene como fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada norma, el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003- PCM, establece que la entidad pública, mediante Resolución de su máxima autoridad, designará al funcionario responsable de entregar la información de acceso público; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta necesario designar al responsable titular y alterno de brindar la información de acceso público correspondiente al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en virtud a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento que crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA y de acuerdo a las facultades conferidas a la Dirección Ejecutiva en el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA; Con el visado de la Jefa de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y al Jefe de la Ofi cina de Administración, como responsables titular y alterno, respectivamente, de brindar información de acceso público correspondiente al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, según lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 2°.- Publicar la presente Resolución en el link del OTASS del Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILAGROS CADILLO LA TORRE Directora Ejecutiva 1188082-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones y encargaturas, y designan y encargan cargos de confianza en la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 008-2015/SUNAT Lima, 14 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad; Que asimismo, el artículo 6° de la referida Ley dispone que la resolución de designación de funcionarios en cargos de confi anza surte efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 005-2012/SUNAT se designó al señor Ricardo Arturo Toma Oyama en el cargo de Intendente Regional Lima, actualmente Intendente Lima;