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El Peruano Jueves 15 de enero de 2015 544789 asignación presupuestaria y hasta el límite establecido en la Ley; con excepción de las prestaciones adicionales de obras. g) Aprobar contratos complementarios de bienes y servicios hasta el límite previsto por la Ley. h) Aprobar la resolución de contratos por caso fortuito o fuerza mayor, en los casos previstos en el contrato y en las normas de contrataciones estatales y por causal de incumplimiento imputable al contratista, en los procesos o contratos de su competencia. i) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje y representar a la Entidad en dichos procedimientos; salvo las atribuciones exclusivas del Procurador Público a cargo de la Defensa Jurídica del Ministerio Público. j) Representar a la Unidad Ejecutora de la Entidad ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y ante el Tribunal de Contrataciones del Estado, en cualquier clase de procesos y procedimientos, trámites y gestiones que se realicen ante dichas instancias, siempre que se deriven de procesos de selección a cargo de la Unidad Ejecutora. k) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones (PAC) y sus modifi catorias, de la Unidad Ejecutora a su cargo, de acuerdo al Presupuesto asignado y conforme a la normativa vigente; informando a la Gerencia General del Ministerio Público de las modifi caciones realizadas. 3. En materia de Tesorería: Designar a los responsables titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras 008 Gerencia Administrativa de San Martín y 009 Gerencia Administrativa de Amazonas. 4. En materia de Personal: Convocar y realizar los procesos de selección, suscribir los contratos, renovaciones y conclusiones de personal bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) en sus respectivas Unidades Ejecutoras, conforme a las normas legales que lo regulan y a las disposiciones que, sobre el particular, dicte SERVIR; siempre que cuente con la opinión técnica favorable de la Gerencia Central de Potencial Humano y con la previa aprobación de la Gerencia General del Ministerio Público; de acuerdo a la respectiva disponibilidad presupuestaria. La Gerencia Central de Potencial Humano emitirá las normas correspondientes para las convocatorias, procesos de selección, suscripción de contratos y demás acciones que sean necesarias, pudiendo modifi carlas de acuerdo a las necesidades de servicio. 5. En materia Normativa: Aprobar directivas, reglamentos y manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, tramites internos, lineamientos técnico normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de la Unidad Ejecutora en concordancia con los instrumentos normativos institucionales; salvo las directivas o manuales que sean dictadas por la Fiscalía de la Nación o la Gerencia General y que sean de alcance nacional. 6. En materia de Control Patrimonial: a) Aprobar los actos de administración de bienes muebles e inmuebles, de acuerdo con las normas del Sistema Nacional de Bienes Estatales, previa opinión favorable de la Gerencia de la Ofi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados. b) Aprobar las solicitudes de altas y bajas de bienes muebles y demás actos administrativos de adquisición, administración y disposición que deriven de éstos; debiendo contarse en todos los casos con la previa opinión favorable de la Gerencia de la Ofi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados. c) Realizar el inventario físico anual del patrimonio mobiliario, designando a los miembros de la Comisión de Inventario, con las atribuciones y responsabilidades de Ley, elevando oportunamente el Informe Final de este proceso a la Gerencia de la Ofi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados, para su comunicación consolidada a nivel pliego a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales. d) Efectuar la depreciación contable mensual y anual de los bienes muebles e inmuebles que conforman el activo fi jo de la entidad en su jurisdicción, emitiendo oportunamente los correspondientes informes situacionales a la Gerencia de la Ofi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados, para su incorporación en el Sistema de Control de Activos Fijos - SCAF. e) Mantener y consolidar el Registro de Bienes Incautados y su acervo documentario, así como el portafolio inmobiliario correspondiente a su jurisdicción. Artículo Segundo.- Las Divisiones Médico Legales de las Unidades Ejecutoras se sujetarán a lo dispuesto en la presente Resolución para la contratación de bienes y servicios, así como en materia de personal, presupuestal, normativa y de control patrimonial. Artículo Tercero.- PRECISAR que las facultades delegadas en la presente Resolución no incluyen las que sean de competencia exclusiva del Titular del Pliego o que, con mandato legal, sean indelegables. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Gerencia General a modifi car, ampliar o reducir, los bienes y servicios señalados en el Anexo 1 que forma parte integrante de esta Resolución. Artículo Quinto.- La Gerencia General podrá autorizar, excepcional y temporalmente, a las Unidades Ejecutoras, la contratación de bienes y servicios señalados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Encargar a la Ofi cina Central de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Resolución en la página web de la Institución. Artículo Séptimo.- Remitir copia de la presente Resolución a los Presidentes de la Junta Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Arequipa, Lambayeque, La Libertad, Cusco, Piura, San Martín y Amazonas, a la Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Gerencia Central de Finanzas, Gerencia Central de Logística, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, Ofi cina de Control Patrimonial y Registro de Bienes Incautados y al Órgano de Control Institucional, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (i) 1188493-1 Dejan sin efecto y dan por concluidos nombramientos y designaciones, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Judiciales RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 075-2015-MP-FN Lima, 14 de enero de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 01 de diciembre del 2014, el doctor Yonh Enrique Meléndez Marón, Fiscal Provincial Titular Penal Corporativo de Castilla, Distrito Judicial de Piura, formula declinación a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Piura, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4851-2014-MP-FN, de fecha 19 de noviembre del 2014, por motivos personales. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto los artículos segundo y décimo quinto de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4851-2014-MP-FN, de fecha 19 de noviembre