Norma Legal Oficial del día 15 de enero del año 2015 (15/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y 2. MORDAZA MORDAZA Talavera. Tercero: La Comision tendra la responsabilidad en un plazo no mayor de 15 dias habiles a partir de la fecha de la publicacion de la presente resolucion elaborar y ejecutar el plan de trabajo correspondiente al presente ano judicial, de conformidad con lo establecido en la Resolucion Administrativa N° 0372011-CE-PJ, no obstante lo dispuesto, la Comision podra planificar y ejecutar tareas y estrategias adicionales que favorezcan el adecuado desarrollo de este programa social. Cuarto: Se dispone, que la responsable de la Oficina de Administracion Distrital de esta Corte, brinde a la Comision el apoyo que requiera con la finalidad de que se cumpla lo ordenado en la presente resolucion. Quinto: Pongase la presente resolucion en conocimiento de la Magistrada Coordinadora Nacional del Programa Justicia en tu Comunidad ­ Corte Suprema de la Republica Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior, la Administracion Distrital, la Oficina de Personal, e interesados. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta 1188562-1

El Peruano Jueves 15 de enero de 2015

90°, 145° y 150° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. RESUELVE: Articulo Primero.- MODIFICAR el inciso 1.1) MORDAZA PENALES del articulo primero de la Resolucion Administrativa Nº 401-2014-P-CSJLE/PJ, de la siguiente manera: · La Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Permanente del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, completara Colegiado con los Jueces Superiores de la Sala Superior Especializada en lo Penal Transitoria y Descentralizada del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho. · La Sala Superior Especializada en lo Penal Descentralizada y Transitoria del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, completara Colegiado con los Jueces Superiores de la Sala Superior Especializada en lo Penal Permanente y Descentralizada del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho. · La Sala Penal Descentralizada Permanente de Ate, completara Colegiado con los Jueces Superiores de la Sala Penal de Apelaciones. Articulo Segundo.- DISPONER que el Magistrado del Primer Juzgado Penal de La MORDAZA y Cieneguilla, en adicion a sus funciones, asuma competencia como Juez Penal Unipersonal para conformar el Juzgado Penal Colegiado, con los otros dos Juzgados Unipersonales de esta Corte Superior de Justicia, a partir del quince de enero del ano en curso. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de la presente resolucion a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de este Distrito Judicial, de las MORDAZA Superiores correspondientes, Oficina Desconcentrada de Control de La Magistratura de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este ­ ODECMA y Oficina de Administracion Distrital de este Distrito Judicial para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA ALTABAS KAJATT Presidenta 1188561-1

Modifican la Res. Adm. N° 401-2014-PCSJLE/PJ y disponen que magistrado asuma competencia como Juez Penal Unipersonal para conformar el Juzgado Penal Colegiado, con los otros dos Juzgados Unipersonales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA ESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 015-2015-P-CSJLE/PJ Chaclacayo, 14 de enero de 2015 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 289-2014-CE-PJ del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y las Resoluciones Administrativas N° 265 y 401-2014-P-CSJLE/PJ de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Primero.- El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en el articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa N° 289-2014-CE-PJ, faculto a los Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia, para que puedan encargar en adicion a sus funciones, a los organos jurisdiccionales creados por dicha resolucion, el conocimiento de los procesos tramitados bajo el alcance del Codigo de Procedimientos Penales de 1940, como parte de la politica de descarga procesal del Distrito Judicial, y dentro del MORDAZA de optimizacion de recursos. Segundo.- Por Resolucion Administrativa N° 4012014-P-CSJLE/PJ, se establecieron, entre otros, las reglas para completar MORDAZA Penales en caso de discordia, impedimento, recusacion, inhibicion, abstencion o cualquier otro motivo legal. Tercero.- Por Resolucion Administrativa N° 2652014-P-CSJLE/PJ, se designo al Organo Jurisdiccional que en adicion a sus funciones conformaria el Juzgado Penal Colegiado con los otros dos Juzgados Penales Unipersonales de esta Corte Superior de Justicia. Cuarto.- Teniendo en cuenta la ubicacion geografica de la Sala Penales de esta Corte Superior de Justicia, y en pro del beneficio de los justiciables, es necesario modificar las Resoluciones Administrativas de vistos, en los extremos que correspondan. Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3°, 4° y 9° del articulo

Conforman MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Norte, para el ano judicial 2015
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA NORTE RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 01-2015-P-CSJLN/PJ Independencia, cinco de enero del ano dos mil quince.VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: El Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determina la estructura del Poder Judicial y define los derechos y deberes de los magistrados para asegurar el cumplimiento y pleno respeto de las garantias constitucionales de la administracion de justicia, administracion que se ejerce con sujecion a la Constitucion y las leyes. Segundo: Que, conforme lo establece el inciso 7 del articulo 90º del Texto citado, concordante con el articulo 91 del mismo cuerpo de leyes, es atribucion del Presidente de Corte Superior de Justicia, conformar las MORDAZA Superiores de acuerdo al criterio de especializacion al inicio de cada Ano Judicial. Tercero: Que, la designacion de un juez para que integre una determinada Sala Superior es una atribucion y facultad exclusiva (y a la vez excluyente para otro organo de gobierno) del Presidente de Corte Superior, conforme lo establecio el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en la decision administrativa de fecha 17 de septiembre del 2012, al resolver el Oficio N° 7006-2012-CED-CSJLN/ PJ al destacar que dicha prerrogativa es exclusiva del Presidente de Corte Superior, mas no de otro organo,

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