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El Peruano Miércoles 21 de enero de 2015 545086 VISTOS; el mensaje con referencia AG 40.362/UDI/ G.9/VF de fecha 22 de diciembre de 2014, de la O¿ cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires; y, el Memorándum Múltiple Nº 10-2015-DIRGEN-PNP/EMP- OCNI de fecha 8 de enero de 2015, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 009-2014-JUS de fecha 22 de enero de 2014, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano Héctor Cristian Jara Benites, formulada por la Sala Superior Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Trá¿ co Ilícito de Drogas agravado (acopio, posesión, acondicionamiento y transporte de clorhidrato de cocaína con ¿ nes de comercialización), en agravio del Estado peruano, y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante mensaje con referencia AG 40.362/ UDI/G.9/VF de fecha 22 de diciembre de 2014, la O¿ cina Central Nacional de INTERPOL en Buenos Aires puso en conocimiento de la O¿ cina Central Nacional de INTERPOL en Lima, que las autoridades argentinas han autorizado la entrega a las autoridades de Perú del ciudadano peruano Héctor Cristian Jara Benites, el mismo que se encuentra en condiciones de ser trasladado; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Buenos Aires, República Argentina hacia territorio peruano Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 08-2015- DIRGEN PNP/EMP-OCNI de fecha 7 de enero de 2015, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior del país en comisión de servicios del 25 al 29 de enero de 2015, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Yessica Molina Alegría y del Subo¿ cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano antes mencionado; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 10-2015-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 8 de enero de 2015, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por la Gerencia de Administración del Poder Judicial, a través de la Sub Gerencia de Contabilidad, conforme lo establece la Directiva Nº 001-2007-GG/PJ “Procedimientos para la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial” y la Directiva Nº 011-2008- CE/PJ “Normas y Procedimientos para el Traslado de Personas Requisitoriadas por Orden Judicial”; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí¿ co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario o¿ cial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior del país en comisión de servicios, del 25 al 29 de enero de 2015, de la Capitán de la Policía Nacional del Perú Yessica Molina Alegría y del Subo¿ cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú Gustavo Chuqui Mas, para que ejecuten la extradición activa del ciudadano peruano Héctor Cristian Jara Benites, quien se encuentra requerido por la Sala Superior Penal de Emergencia de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Trá¿ co Ilícito de Drogas agravado (acopio, posesión, acondicionamiento y transporte de clorhidrato de cocaína con ¿ nes de comercialización), en agravio del Estado peruano, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. Total US$ Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se re¿ ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1190886-2