Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2015 (21/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Miercoles 21 de enero de 2015

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la Anemia por De ciencia de Hierro en Ninas, Ninos y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atencion", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas a traves de la Direccion de Atencion Integral de Salud, la difusion y evaluacion de lo establecido en la presente Guia Tecnica. Articulo 3°.- Disponer que el Instituto de Gestion de Servicios de Salud, asi como las Direcciones de Salud, las Direcciones Regionales de Salud y las Gerencias Regionales de Salud o las que MORDAZA sus veces a nivel regional son responsables de la difusion, implementacion, monitoreo y supervision de la presente Guia Tecnica, dentro del ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4°.- Encargar a la O cina General de Comunicaciones, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el MORDAZA institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica: http://www.minsa.qob.pe/ transparencia/normas.asp. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1189949-3

Aprueban Guia Tecnica "Guia de Practica Clinica para el Diagnostico y Tratamiento de la Anemia por Deficiencia de Hierro en Ninas, Ninos y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atencion"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 028-2015/MINSA MORDAZA, 16 de enero del 2015 Visto, el Expediente N° 13-098183-001 que contiene el Memorandum N° 4905-2014-DGSP/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, senalan que la salud es condicion indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la proteccion de la salud es de interes publico, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, los literales a) y b) del articulo 5º del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, establece las funciones rectoras del Ministerio de Salud y senala entre otras, la de formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la politica nacional y sectorial de promocion de la salud, prevencion de enfermedades, recuperacion y rehabilitacion en salud; dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales, la gestion de los recursos del sector; asi como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, scalizacion, sancion y ejecucion coactiva en las materias de su competencia. Que, el literal a) del Articulo 7° de la precitada Ley, senala que en el MORDAZA de sus competencias, el Ministerio de Salud cumple con la funcion especi ca de regular la organizacion y prestacion de servicios de salud; Que, el articulo 57° del Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Medicos de Apoyo, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2006-SA, dispone que para desarrollar sus actividades los establecimientos de salud deben contar con los documentos tecnicos normativos y guias de practica clinica; Que, el literal a) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 023-2005-SA, establece como funcion general de la Direccion General de Salud de las Personas, el proponer politicas de salud, prioridades sanitarias y estrategias de atencion de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que, en virtud de ello, la Direccion General de Salud de las Personas ha propuesto para su aprobacion la Guia Tecnica: "Guia de Practica Clinica para el Diagnostico y Tratamiento de la Anemia por De ciencia de Hierro en Ninas, Ninos y Adolescentes en Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atencion", con la nalidad contribuir en la mejora del estado de salud de las ninas, ninos y adolescentes en el MORDAZA de la atencion integral de salud, mediante la estandarizacion de criterios tecnicos para el diagnostico y tratamiento de la anemia por de ciencia de hierro en la poblacion objetivo; Que, estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, de la Directora General de la O cina General de Asesoria Juridica, del Viceministro de Salud Publica y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Guia Tecnica: "Guia de Practica Clinica para el Diagnostico y Tratamiento de

Dan por concluido el MORDAZA de transferencia de los Institutos Especializados, Hospitales del Tercer Nivel de Atencion y Direcciones de Red de Salud que incluyen a los Hospitales del MORDAZA Nivel de Atencion, que constituyen organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 029-2015/MINSA MORDAZA, 16 de enero del 2015 Visto, el expediente Nº 14-076724-002 que contiene el O cio Nº 001-2015-COMISION TRANSFERENCIA/MINSA de la Presidenta de la Comision de Transferencia del Ministerio de Salud encargada del MORDAZA de transferencia dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1167; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se creo el Instituto de Gestion de Servicios de Salud como un organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, competente para la gestion, operacion y articulacion de las prestaciones de servicios de salud de alcance nacional pre hospitalarios y prestaciones de servicios de salud hospitalarios en los Institutos Especializados y en los hospitales nacionales, asi como de las prestaciones de servicios de salud de los establecimientos de MORDAZA Metropolitana y brinda asistencia tecnica en la prestacion de servicios de salud hospitalarios a los Gobiernos Regionales; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 12 del precitado Decreto Legislativo, los Institutos Especializados, Hospitales de Tercer Nivel de Atencion y las Direcciones de Red de Salud de MORDAZA Metropolitana, constituyen organos desconcentrados del Instituto de Gestion de Servicios de Salud; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del mencionado Decreto Legislativo, dispone la transferencia al Instituto de Gestion de Servicios de Salud de las funciones que corresponden a las Direcciones de Salud II MORDAZA Sur, IV MORDAZA Este y V MORDAZA MORDAZA, referidas a la conduccion de la gestion de la operacion y prestacion de servicios de salud de los establecimientos de salud publicos bajo su dependencia, autorizando al Ministerio de Salud a transferir a dicho Instituto el acervo documentario, sistemas informaticos,

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