Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2015 (03/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Martes 3 de febrero de 2015

546081
Departamento de Huancavelica; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdiccion pertenece, orientar e impartir instrucciones a esta, a fin de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 1196032-1

Civiles, el Memorando N° 000050-2015/GRC/RENIEC (16ENE2015) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe N° 000008-2015/GPRC/RENIEC (23ENE2015) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a traves del Decreto Supremo N° 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Ranra, Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de autorizacion de delegacion de funciones de las Oficinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegacion referida, a fin de establecer la vinculacion funcional, cuya difusion debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el caracter publico del registro; y Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497 -Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 01598-PCM y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Institucion, aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 10° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar, en via de regularizacion, la delegacion de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del articulo 44° de la Ley N° 26497; asi como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegacion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Ranra, Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja, Departamento de Huancavelica. Articulo 2°.- El Jefe de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad senalada en el articulo 1°, queda encargado de las funciones registrales cuya delegacion se autoriza; asi como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta, cenida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervision y control del RENIEC. Articulo 3°.- El RENIEC, a traves de la Sub Gerencia Tecnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros Civiles, proporcionara los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defuncion, a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Ranra, Distrito de Colcabamba, Provincia de Tayacaja,

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS
Delegan en el Gerente General Regional, la facultad de aprobar modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional y Nivel Funcional Programatico durante el Ejercicio Fiscal 2015
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 070-2015-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR Chachapoyas, 14 de enero del 2015 CONSIDERANDO : Que, mediante Ley Nº 30281, se aprueba el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, senala que el Titular de la Entidad, es la MORDAZA Autoridad Ejecutiva. En materia presupuestal, es responsable de manera solidaria con el Consejo Regional. Dicha autoridad, puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo el Titular responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 38º del referido Texto Unico, precisa que los montos y las finalidades de los creditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Publico , solo podran ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los limites y con arreglo al procedimiento establecido mediante Modificaciones en el Nivel Institucional y Nivel Funcional Programatico; Que, con la finalidad de lograr una gestion administrativa dinamica en materia presupuestaria durante el Ejercicio Fiscal 2015, resulta necesario delegar al Gerente General Regional, la facultad de aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y en el Nivel Funcional Programatico, que corresponden al Titular del Pliego del Gobierno Regional Amazonas; Con el visto MORDAZA de la Oficina Regional de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867 y sus modificatorias; SE RESUELVE : Articulo Primero.- Delegar en el Gerente General Regional, la facultad de Aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Institucional y Nivel Funcional Programatico, que corresponden al Titular del Gobierno Regional Amazonas, durante el Ejercicio Fiscal 2015 . Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas.

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