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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (03/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Martes 3 de febrero de 2015 546071 De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1140 que crea la O fi cina Nacional de Gobierno Interior y el Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2013-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- ACEPTAR LA RENUNCIA del Ingeniero HUMBERTO HERRERA PINEDO, como Jefe de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior, designación realizada mediante Resolución Jefatural Nº 0380-2014-ONAGI-J de fecha 30 de mayo de 2014, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la Ingeniera SANDRA ELIZABETH SERNAQUE HUARANGA, como Jefa de la O fi cina de Tecnologías de la Información de la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la O fi cina Nacional de Gobierno Interior (e) 1196148-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Aprueban modificación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. RESOLUCIÓN Nº 033-2015-OSCE/PRE Jesús María, 30 de enero de 2015VISTOS:El Informe Nº 037-2014/DTN del 24 de diciembre de 2014; Las Cartas LOGI-NC-349-2014 y LOGI-0027-2014, presentadas el 27 de noviembre de 2014 y 13 de enero de 2015 respectivamente; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., las modi fi caciones del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones de PETROPERÚ S.A. deberán ser propuestas por su Directorio y aprobadas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en el plazo de treinta (30) días de presentado, vencido el cual, de no haber pronunciamiento, se producirá su aprobación automática; Que, mediante la Carta LOGI-NC-349-2014, Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., remitió a este Organismo Supervisor una propuesta de modi fi cación a su Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones, aprobado por Resolución Nº 523-2009-OSCE-PE, la misma que fue aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 100-2014-PP del 13 de noviembre de 2014, a efectos de su evaluación;Que, la propuesta de modi fi cación consiste en la incorporación de un nuevo supuesto de Contratación Directa, contemplando de esa forma agregar dentro de la regulación citada, el numeral 9.3.13 del artículo 9º, para que de manera excepcional, cuando por norma con rango de Ley se declare de necesidad pública e interés nacional la ejecución de un proyecto de PETROPERÚ, a fi n de cumplir con los objetivos de la norma que así lo declare, se podrá contratar los bienes, servicios y obras estrictamente necesarios para el cumplimiento de los acuerdos y compromisos que se hubieran asumidos para la implementación del referido Proyecto, contándose previamente, bajo responsabilidad, con la aprobación por parte del Directorio de PETROPERU del listado de bienes, servicios y obras que se requiera contratar; Que, habiéndose revisado la referida propuesta de modi fi cación, la Dirección Técnico Normativa del OSCE mediante el Informe de Vistos ha concluido que es pertinente la inclusión del supuesto de Contratación Directa propuesto, en la medida que cumple con el criterio de objetividad y sus alcances se encuentran defi nidos al establecer que los bienes servicios y obras deben ser los estrictamente necesarios para cumplir con los compromisos asumidos, así como que el órgano competente debe aprobar el listado respectivo; la referida Dirección agrega que la contratación directa debe ser aprobada observando los principios que rigen los procesos de contratación estatal y el derecho público; Que, en ese sentido, corresponde a la Presidencia Ejecutiva emitir el acto aprobatorio correspondiente, a efectos de la publicación y entrada en vigencia de la modi fi cación del Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.; Estando a lo expuesto, de conformidad con el literal u) del artículo 11° del citado Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 789-2011-EF/10 y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2014-EF, con el visado de la Dirección Técnico Normativa y la O fi cina de Asesoría Jurídica del OSCE; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la modi fi cación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Publíquese la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Publíquese el texto de la modi fi cación al Reglamento de Contrataciones de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del OSCE (www.osce.gob.pe). Regístrese, publíquese y archívese.MAGALI ROJAS DELGADO Presidenta Ejecutiva 1195864-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Designan Director General de Recursos Humanos de MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 00000034-2015-MIGRACIONES Lima, 2 de febrero de 2015CONSIDERANDO:Que, el artículo 3º de la Ley Nº 27594 que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el Artículo 1º de la citada