Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2015 (03/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Martes 3 de febrero de 2015

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Direccion de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, en adelante la Ley, el objeto de la misma es establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y al aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo el desarrollo, la proteccion ambiental y la inclusion social; Que, mediante el articulo 3 de la Ley, se crea el Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento (OTASS), como organismo publico tecnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, el inciso d) del numeral 2) del articulo 4 de la Ley, senala que el OTASS tiene entre sus funciones, la de evaluar la solvencia tecnica, economica y financiera de las EPS y, de ser el caso, determinar la aplicacion del Regimen de Apoyo Transitorio - RAT de las EPS, de conformidad con lo establecido en el Titulo III de dicha norma; Que, el literal d) del articulo 23 de la Ley, asi como el numeral 48.4 del articulo 48 del Reglamento de la Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, en adelante el Reglamento, establecen entre las causales para la aplicacion del RAT, la solicitud de aplicacion efectuada por la Junta de Accionistas o por la Junta de Socios; Que, el articulo 50 del Reglamento establece que la propuesta de priorizacion incluida en el informe final de evaluacion de resultados de EPS, comprendera un plan y un cronograma estimado para el inicio de la aplicacion de las medidas correspondientes al RAT en cada EPS; Que, sin perjuicio de lo MORDAZA senalado, las EPS podran solicitar, independientemente o agrupadas, su incorporacion voluntaria al RAT, la misma que sera evaluada por el OTASS teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes criterios: 1) Voluntad de integracion a otras o de otras EPS a fin de aprovechar economias de escala en la prestacion, mediante acuerdo de junta de accionistas o participacionistas; 2) Compromiso del gobierno regional y los gobiernos locales involucrados para financiar o garantizar las inversiones requeridas para la rehabilitacion y ampliacion de los sistemas; y, 3) Apertura y transparencia en la MORDAZA de la situacion financiera y en la puesta a disposicion del acervo documentario y los sistemas de informacion de la EPS; Que, en virtud a los pedidos formulados por la Municipalidad Provincial de Mariscal MORDAZA y de la Junta General de Accionistas de la Entidad Prestadora de Servicios MORDAZA Sociedad Anonima - EPS MORDAZA S.A.; el Consejo Directivo del OTASS ha acordado tanto en la Sesion Nº 002-2014 como en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 002-2014-OTASS/ CD, el inicio del RAT de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento MORDAZA Sociedad Anonima - EPS MORDAZA S.A.; Que, el articulo 51 del Reglamento establece que el inicio del RAT se MORDAZA con la emision de la resolucion ministerial que ratifique el Acuerdo de Consejo Directivo del OTASS, de conformidad con lo senalado en el ultimo parrafo del articulo 49 del citado Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; la Ley Nº 30045, Ley de Modernizacion de los Servicios de Saneamiento, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0152013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a traves del cual se declara el Inicio del Regimen de Apoyo

y Fiscalizacion Ambiental del MVCS para el ano 2015, senalando que este concuerda con la meta o finalidad y con las acciones de supervision y fiscalizacion de la Direccion General de Asuntos Ambientales previstas en el Plan Operativo Institucional (POI) 2015 del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 447-2014-VIVIENDA; Que, mediante Memorandum Nº 274-2015VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite y hace MORDAZA el Informe Nº 018-2015VIVIENDA/OGPP/OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernizacion, por el cual se emite opinion favorable respecto al Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental de la Direccion General de Asuntos Ambientales del MVCS del ano 2015; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para el ano 2015, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - SINEFA; De conformidad con la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente y sus modificatorias; la Ley Nº 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y sus modificatorias; los Lineamientos para la formulacion, aprobacion y evaluacion del Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental, aprobados por Resolucion de Consejo Directivo Nº 004-2014-OEFA/CD; la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA de la Direccion General de Asuntos Ambientales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento correspondiente al ano 2015, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la publicacion de la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe), el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3.- Disponer la publicacion del Plan Anual de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - PLANEFA, aprobado por el articulo 1 de la presente Resolucion, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), salvo lo referido a la respectiva programacion de acciones de fiscalizacion, con la finalidad de asegurar la efectividad de la fiscalizacion ambiental a cargo de la entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1196063-1

Ratifican Acuerdo que declara el inicio del Regimen de Apoyo Transitorio RAT de la EPS MORDAZA S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2015-VIVIENDA MORDAZA, 30 de enero de 2015 VISTOS: El Oficio Nº 113-2014-OTASS/DE de la Direccion Ejecutiva del Organismo Tecnico de la Administracion de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS y el Memorandum Nº 036-2015-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS e Informe Nº 011-2015-VIVIENDA/ VCMS-DGPRCS-DS de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento y de la

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